Resolución 1089.

Fecha de disposición01 Diciembre 2015
Fecha de publicación01 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1089/2015

Bs. As., 30/11/2015

VISTO los Expedientes números 1476.00.0/15; 1476.01.0/15 y 1476.02.0/15 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 40-AFSCA/15 se llamó a concurso público para la adjudicación de DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de UNA (1) estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia de 1150 KHz., con categoría IV, con una potencia diurna y nocturna de 10 y 1 KWs., respectivamente, identificada con la señal distintiva LT9 y de UNA (1) estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 92.3 MHz., canal 222, categoría B, identificada con la señal distintiva LRM749; ambas de la localidad de SANTA FE, provincia homónima, a una misma persona de existencia física o de existencia ideal, con o sin fines de lucro.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público, se verificó la presentación de DOS (2) ofertas, realizadas por las firmas PRENSA Y MEDIOS SANTAFESINOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA y ONDA 9 SOCIEDAD ANÓNIMA (en formación), quedando documentadas como Expedientes Nros. 1476.01.0/15 y 1476.02.0/15, respectivamente.

Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución N° 665-AFSCA/14, modificado por su similar N° 40-AFSCA/15, que previó la asignación de puntaje adicional para aquellas ofertas admisibles que comprometieran la continuidad del personal de las estaciones cuyas licencias fueran objeto de concurso público.

Que el procedimiento contemplado en el artículo 31 del pliego que documenta el Anexo I de la Resolución N° 665-AFSCA/14, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes en función de los requisitos de los aspectos personal y societario, patrimonial y técnico y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de producción y contenidos establecidos por la Ley N° 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10, con relación a la propuesta de programación.

Que, ulteriormente, mediante Resolución 994-AFSCA/15 se otorgó a los oferentes del concurso público de que se trata, un plazo único e improrrogable de QUINCE (15) días corridos para que presenten documentación complementaria a fin de subsanar los defectos de sus respectivas...

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