Resolución 1083.

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación29 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1083/2015

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente CUDAP EXP-JGM N° 0047727/2015 del Registro de esta SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge del artículo 2° de la Ley N° 22.421, las autoridades deben respetar el equilibrio entre los diversos beneficios que la fauna silvestre aporta al hombre, dando en todos los casos la debida prelación a su conservación como criterio rector de los actos que se otorguen.

Que es necesario propender a la utilización sustentable de la fauna silvestre, tomando las medidas tendientes a la preservación de los recursos.

Que el Decreto N° 666 de fecha 18 de julio de 1997 establece en sus artículos 8° y 9° que sobre la base de estudios y evaluaciones, se elaborarán planes de manejo para la utilización racional y sostenible de especies de la fauna silvestre, sin comprometer la estabilidad de las poblaciones, para lo cual se podrán fijar cupos, así como otras medidas de regulación que se consideren pertinentes.

Que los cambios climáticos y ambientales en los ambientes naturales de la especie plantean un dinamismo al cual se deben ajustar las decisiones por consenso a través de las capturas provinciales.

Que en base a los resultados obtenidos de los estudios de campo, llevados a cabo en las temporadas anteriores, se puede afirmar que las poblaciones de nutria están teniendo una retracción numérica por la sequía seguida de una expansión por las precipitaciones.

Que esta especie se viene aprovechando mediante un cupo máximo de extracción y exportación en virtud de un acuerdo entre las Provincias y la DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE, de la DIRECCIÓN DE NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL estableciéndose un plan de manejo aprobado.

Que la resolución de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 329 de fecha 25 de marzo del 2014 estableció un cupo anual de exportación de hasta DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (2.500.000) de cueros curtidos de la especie nutria (Myocastor coypus) para la temporada comprendida entre el 1° de abril de 2014 y el 31 de marzo del 2016.

Que la dinámica de los recursos naturales necesitan pautas a largo plazo, siempre resguardando las poblaciones silvestres...

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