Resolución 106/2020

Fecha de publicación15 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2020

VISTO el Expediente EX-2019-11467780-APN-DACYGD#AABE, en tramitación conjunta con el Expediente EX-2020-10337513-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nº 1.382 del 9 de agosto de 2012, Nº 1416 del 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 del 1 de diciembre de 2015 y N° 895 del 9 de octubre de 2018, la Resolución Nº 153 del 25 de abril de 2019 (RESFC-2019-153-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, siendo a su vez, el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que por los Expedientes mencionados en el Visto tramita la aprobación de la modificación al artículo 35 inciso e) del REGLAMENTO DE BIENES MUEBLES Y SEMOVIENTES DEL ESTADO aprobado por la Resolución Nº 153 del 25 de abril de 2019 (RESFC-2019-153-APN-AABE#JGM).

Que el objeto del citado Reglamento consiste en establecer la normativa de gestión de los bienes muebles y semovientes en todo lo relativo a altas, traslados, transferencias, permisos de uso, cesiones y bajas para las entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL comprendidas en el inciso a) del artículo de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.

Que con motivo de una presentación efectuada por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, se solicitó a esta Agencia considerar la modificación del artículo 2º de la Resolución Nº 153 del 25 de abril de 2019 (RESFC-2019-153-APN-AABE#JGM), de modo tal de exceptuar de su aplicación a los bienes que entrega en préstamo a diversas personas jurídicas públicas, los cuales son destinados al desarrollo de acciones relativas a la seguridad vial, en el marco de un proyecto, plan o programa en cumplimiento de las funciones que le son propias.

Que en virtud de los planteos formulados, se consideró pertinente avanzar en la modificación del REGLAMENTO DE BIENES MUEBLES Y SEMOVIENTES, de modo tal de brindar una solución que permita sortear los inconvenientes manifestados por dicha repartición, y a su vez, dotar de una herramienta para resolver los conflictos del mismo tenor que otros organismos pudieran eventualmente verificar en la implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos en los cuales la...

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