Resolución 101/2023

Fecha de publicación10 Mayo 2023
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2023

VISTO lo tramitado en el expediente EX-2020-00510438-AFIP-DESURG#SDGOAI, del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la ADMINISTRACION PORTUARIA DEL PUERTO DE COMODORO RIVADAVIA CUIT N° 30-69197594-7 presentó con fecha 13 de junio de 2016 mediante SIGEA 12808-55-2009/8 la solicitud de readecuación de la habilitación del depósito fiscal general ubicado en Av. Las Toninas Nº 387, de la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, Provincia del CHUBUT, jurisdicción de la Aduana COMODORO RIVADAVIA, en los términos de la Resolución General Nº 3871, que le fuera oportunamente otorgada en el marco de la Resolución ex ANA Nº 3343.

Que la citada presentación fue efectuada acorde a lo estipulado en la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352 y modificatoria, las que establecieron un proceso de adecuación de los requisitos tecnológicos, físicos y documentales que deben cumplir los depósitos fiscales habilitados o a habilitarse.

Que la ex Dirección Gestión de los Recursos y Presupuestos que intervino originalmente en el trámite, remite los antecedentes que dieron origen a la actuación en trato a esta Subdirección General a través de la Nota N° 136/2018 (DI GERP) de fecha 23 de mayo de 2018, a fin de continuar con el pedido de readecuación de la habilitación del depósito fiscal en cuestión.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue girada mediante Nota N° 74/2018 (DV ZPYF) de fecha 14 de junio de 2018 con observaciones a la Aduana COMODORO RIVADAVIA, a fin de que el solicitante tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que consecuentemente interviene la Aduana local mediante Nota N° 5/2019 de la Sección Inspección Operativa de fecha 28 de mayo de 2019, el área legal mediante dictamen jurídico Nº 31/12019 (DV RJU5) de fecha 3 de junio de 2019, y la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA en Nota Nº 48/19 (DI RAPT), de fecha 18 de junio 2019, remitiendo las actuaciones a la Division Zonas Primarias y Fronteras para continuar el trámite de rigor , en el entendimiento que se encontraban cumplidos los requisitos aludidos en el segundo párrafo de la presente.

Que en función de las instrucciones impartidas con motivo de la pandemia COVID 19 con fecha 14 de agosto de 2020 se digitalizó desde el Departamento Supervisión Regional -.PV-2020-00510439-AFIP-DESURG#SDGOAI- la actuación SIGEA antes...

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