Resolución 101/2015

Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2015

2/2/2015

Declarar la baja de la empresa LG EXPRESS S.A. del Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería, operada de pleno derecho, a contar del 1° de agosto de 2014 conforme lo establece el artículo 3° de la Resolución CNCT N° 007/96. Denegar la reinscripción en el Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería solicitada por la empresa LG EXPRESS S.A. por los motivos expuestos en el exordio. Intimar a la empresa LG EXPRESS S.A. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios de mensajería...

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