Resolución 1001/2020

Fecha de publicación29 Enero 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2020

VISTO el EX–2019-91409945-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 5/7 del IF-2019-91504669-APN-DGDMT#MPYT del expediente de referencia, obra el acuerdo, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA COSMETICA Y PERFUMERIA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del referido acuerdo de marras las partes convienen la modalidad de pago de la asignación no remunerativa establecida en el Decreto 665/19, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 157/91, conforme los lineamientos allí consignados.

Que el ámbito de aplicación de los acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas de los referidos acuerdos, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas en los presentes actuados.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en las páginas 5/7 del IF-2019-91504669-APN-DGDMT#MPYT del...

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