Resolución 1.

Fecha de disposición26 Abril 2017
Fecha de publicación26 Abril 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 1/2017

Buenos Aires, 19/04/2017

VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos N° 18 inc. b y 31 inc. 2 de la Ley 13.047 y;

CONSIDERANDO:

Que el representante gremial del personal no docente ha solicitado por ante este Consejo se apruebe una recomposición salarial del sector para aquellos que desempeñan tareas en la ZONA 1 conforme Resolución N° 02-CGEP-2011, mediante IF-2017-06628007-APN-CGEP#ME;

Que este Consejo Gremial de Enseñanza Privada ha considerado oportuno otorgar un incremento salarial personal no docente comprendido en el inciso b) del Art. 18 de la Ley 13.047;

Que, por sesión de fecha 18 de Abril de 2017, se aprobó por unanimidad el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;

Por ello, en uso de facultades propias,

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Reunido en sesión ordinaria

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Establecer para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2° inciso a) de la referida normativa - ZONA 1, los siguientes sueldos básicos:

A partir del 01 de Marzo de 2017:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 13.444,00

b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos: $ 359,00

A partir del 01 de Junio de 2017:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 14.029,00

b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos: $ 374,00

ARTÍCULO 2°

Establecer para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2° incisos b) y c) de la referida normativa - ZONA 1, los siguientes sueldos básicos:

A partir del 01 de Marzo de 2017:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 13.444,00

b) Personal Administrativo, por 48 hs. semanales: $ 13.444,00

A partir del 01 de Junio de 2017:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 14.029,00

b) Personal Administrativo, por 48 hs. semanales: $ 14.029,00

ARTÍCULO 3°

Cuando el personal a que se refieren los artículos 1° y 2° cumpla tareas en tiempo inferior a 48 horas semanales, el sueldo mínimo se...

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