Resolución 1.

Fecha de disposición04 Julio 2016
Fecha de publicación04 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1/2016

Bs. As., 30/06/2016

VISTO, el Expediente N° 1.716.508/2016 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley 26.844, el Decreto N° 467/2014, la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 29 de septiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 29 de septiembre de 2015, se fijaron a partir del 1° de septiembre de 2015, y a partir del 1° de diciembre de 2015 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.

Que el ARTÍCULO 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley 26.844 asignan como una de las atribuciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares la de fijar las remuneraciones mínimas.

Que a fojas 20/21 y fojas 22/24 del expediente citado en el Visto obran glosadas las propuestas de incremento salarial efectuado por la representación sectorial de trabajadores por mayoría y minoría respectivamente.

Que la representación sectorial empresaria ha elevado su propuesta de incremento salarial a fojas 25.

Que a fojas 26/27, obra Acta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suscripta en fecha 24 de junio de 2016, mediante la cual las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares se acordó un aumento salarial del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) anual sobre los salarios mínimos establecidos por Resolución CNTCP N° 1/15, en dos tramos no acumulativos de un DIECIOCHO POR CIENTO (18%) abonable el primero a partir del 1° de junio de 2016 y el segundo de un QUINCE POR CIENTO (15%) a partir del 1° de diciembre de 2016.

Que en la mencionada Acta también se aprobó la propuesta formulada por la representación estatal de la creación de un adicional salarial por "zona desfavorable" equivalente a un QUINCE POR CIENTO (15%) sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las categorías estipuladas normativamente.

Que en consecuencia los miembros de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades...

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