Resolución 1.

Fecha de disposición19 Enero 2016
Fecha de publicación19 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1/2016

Bs. As., 14/01/2016

VISTO Expediente N° 57/2016 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, el Decreto N° 7 de fecha 4 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que el artículo 5° de dicha norma establece que la conducción y administración del ENACOM será ejercida por un Directorio, integrado por UN (1) presidente y TRES (3) directores nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y TRES (3) directores propuestos por la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, los que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios, correspondiendo UNO (1) a la mayoría o primera minoría, UNO (1) a la segunda minoría y UNO (1) a la tercera minoría parlamentaria.

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que por Decreto N° 7 de fecha 4 de enero de 2016, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 5 de enero de 2016, se designó Presidente del Directorio del ENACOM al señor D. Miguel Ángel DE GODOY (D.N.I. N° 16.443.297), y como Directores del ENACOM al señor D. Alejandro Fabio PEREYRA (D.N.I. N° 17.636.359), al señor D. Agustín Ignacio GARZÓN (D.N.I. N° 25.431.768) y al señor D. Heber Damián MARTÍNEZ (D.N.I. N° 22.922.514), quedando de esta manera constituido legalmente el Directorio del ENACOM.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente y cuyas resoluciones se adoptaron por las mayorías establecidas en el Artículo 5° del Decreto 267/2015.

Que en dicha reunión, los integrantes del Directorio resolvieron que las funciones de protocolización de los actos administrativos que emita el ENACOM y hasta tanto se apruebe la estructura organizativa definitiva, estarán a cargo del área específica de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (AFTIC).

Que, asimismo, se delegaron en el Presidente...

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