Resolución 1.627/2010

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2010

Viernes 19 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.032 39

4877556 Publicación Periódica Género: INTERES GENERAL TÃtulo: URQUIZA NEWS Director: CESAR ORLANDO MARTINEZ Propietario: SILVIA FABIANA FERRANDO 4877557 Publicación Periódica Género: ENTRETENIMIENTO TÃtulo: JOKER Director: MARCELO RAGUSI Propietario: PRIMAVERA EDITORIAL 4877558 Publicación Periódica Género: ENTRETENIMIENTO TÃtulo: JOKER ORO Director: MARCELO RAGUSI Propietario: PRIMAVERA SA EDITORIAL 4877559 Publicación Periódica Género: ENTRETENIMIENTO TÃtulo: SUPER CRUCIGRAMA DE ORO Director: MARCELO RAGUSI Propietario: PRIMAVERA SA EDITORIAL 4877560 Publicación Periódica Género: ENTRETENIMIENTO TÃtulo: CRUCIGRAMA CLASICOS Propietario: PRIMAVERA SA EDITORIAL Director: MARCELO RAGUSI 4877561 Publicación Periódica Género: ENTRETENIMIENTO TÃtulo: CRUCIGRAMA REVUELTOS Propietario: PRIMAVERA SA EDITORIAL Director: MARCELO RAGUSI 4877580 Obra Publicada Género: FONOGRAMA TÃtulo: UNICO Productor: GERARDO ARIEL ATTARDI 4877585 Obra Publicada Género: PAGINA WEB TÃtulo: DIGITAL GOLFTOUR Autor/Titular: MAXIMILIANO JOSE BELFIORI 4877602 Obra Publicada Género: PAGINA WEB TÃtulo: PSIORIENTACIONES Autor/Titular: LUCAS DANIEL COZZI 4877609 Obra Publicada Género: PAGINA WEB TÃtulo: MERVAL Autor: OBRA COLECTIVA Titular: MERCADO DE VALORES DE BUENOS AIRES SA 4877610 Obra Publicada Género: PAGINA WEB TÃtulo: PRODIBUR Autor: OBRA COLECTIVA Titular: MERCADO DE VALORES DE BUENOS AIRES SA 4877611 Obra Publicada Género: PAGINA WEB TÃtulo: IAMC Autor: OBRA COLECTIVA (DATRUVFICSB) Titular: MERCADO DE VALORES DE BUENOS AIRES SA 4877620 Publicación Periódica Género: TURISMO TÃtulo: TODOPARAVIAJAR MAG Director: ROBERTO MARCELO SCHOTTLAENDER Propietario: TODOPARAVIAJAR SRL 4877655 Publicación Periódica Género: PERIODISTICO TÃtulo: LA JUSTA Propietario: DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA N'º 32.032 40 las Ciencias de la Salud, de conformidad con la Constitución y las Leyes de la Nación, en ejercicio de los derechos que ellas reconocen, declaran y reglan y de los que, respecto de la Cultura, establecen la Carta de Las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Su estructura y funcionamiento se rigen por las disposiciones del presente Estatuto.

ART. 2

Los fines esenciales del IUNIR son:

  1. Organizar el régimen de los estudios según la concepción universal del saber, de una universidad autónoma, con el fin de satisfacer en el orden de la enseñanza superior, las exigencias de una verdadera formación cientÃfica, profesional, humanÃstica y técnica en el más alto nivel, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático.

  2. Organizar equipos de investigación y enseñanza, integrados por profesores especializados en las distintas disciplinas cientÃficas, con el objeto de contribuir al progreso de las ciencias y al perfeccionamiento de sus métodos, brindándoles todo el apoyo necesario.

  3. Organizar la enseñanza y la formación integral para preparar a los universitarios en la tarea especÃfica del desarrollo profesional de las profesiones liberales, del ejercicio de la docencia superior y de la investigación cientÃfica, procurándoles una capacitación en esos campos junto a una formación cultural universitaria y superior que los haga capaces de ejercer su vocación con competencia, conciencia ética y solidaria, actitud reflexiva y crÃtica, capaces de mejorar la calidad de vida. Para ello, otorgará cuando corresponda y de acuerdo con la legislación vigente, los tÃtulos pertinentes.

ART. 3

Para cumplir con los fines antes indicados y de acuerdo con lo establecido en el art. 4 y 28 de la Ley N'º' 24.521, el UNIR deberá:

  1. Procurar educación general de nivel superior, estimulando y disciplinando la creación personal, el espÃritu de observación e investigación y las cualidades que habilitan para actuar con idoneidad y dignidad.

  2. Realizar investigación cientÃfica y tecnológica, estimulando la creatividad intelectual.

  3. Proveer a la formación y al perfeccionamiento de sus propios docentes e investigadores, creando las condiciones para la excelencia y la originalidad de su quehacer.

  4. Organizar la orientación, especialización, perfeccionamiento y actualización de sus graduados.

  5. Contribuir, mediante publicaciones y toda actividad apropiada, a la difusión y al desarrollo de las ciencias en el paÃs y en el ámbito internacional.

  6. Estudiar los problemas de la comunidad a la que pertenece y proponer soluciones cuando asà lo requieran las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales.

  7. Integrar Redes Universitarias Nacionales e Internacionales que faciliten alcanzar la misión y los fines esenciales del IUNIR y de una institución de educación superior universitaria argentina ART. 4: A los efectos del cumplimiento de los fines indicados en los artÃculos precedentes, el IUNIR ha sido creado y es sostenido por la Fundación Instituto Universitario Italiano de Rosario la cual posee personerÃa jurÃdica propia otorgada por Resolución N'º' 459 de la Inspección General de Persona JurÃdica de la Provincia de Santa Fe de fecha 31 de julio de 1997 y su reforma autorizada e inscripta mediante resolución número 810 de la misma repartición, de fecha 30 de agosto de 2006.

    TITULO II: ORGANIZACION DEL INSTITUTO ART. 5: La conducción general y académica del IUNIR estará a cargo del Rector.

    DEL RECTOR ART. 6: El Rector será asistido por:

  8. un Vicerrector 2. un Secretario Académico 3. los Decanos de Escuelas 4. los Directores de Departamentos 5. las correspondientes instancias de asesoramiento, internas y/o externas ART. 7: El Rector del IUNIR actúa en consulta con un Consejo Superior.

ART. 8

Para ser elegido Rector o Vice Rector se requiere ser argentino nativo o naturalizado, con los últimos 10 años de residencia en el paÃs, con tÃtulos habilitantes homologados por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina, tener cuarenta (40) años cumplidos, haberse desempeñado al menos durante los últimos 5 (cinco) años como profesor regular y/o directivo en el IUNIR, contar con el tÃtulo de doctor, y reunir los demás antecedentes académicos, profesionales en Ciencias de la Salud y morales que lo califiquen para dirigir una Institución Universitaria.

ART. 9

El Rector y el Vice Rector serán designados por el Consejo Superior, a propuesta el Claustro Universitario Plenario convocado especÃficamente a ese fin, para asegurar la autonomÃa académica y administrativa del IUNIR. Durarán cuatro (4) años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente.

ART. 10

Son deberes y atribuciones del Rector:

  1. Ejercer la representación legal, institucional y académica, la gestión administrativa y la superintendencia de la IUNIR.

  2. Formular la polÃtica del IUNIR, y coordinar la actividad docente, cientÃfica, de extensión y administrativa.

  3. Convocar y presidir el Consejo Superior, y hacer cumplir sus resoluciones.

  4. Ejecutar y hacer cumplir las normas que integran el presente Estatuto, asà como las ordenanzas y reglamentos que en su consecuencia se dicten.

  5. Ejercer el poder disciplinario en materia no reservada a otros órganos o autoridades de la IUNIR.

  6. Designar, contratar, promover o remover al Secretario Académico, a los Decanos de Escuelas, a los Directores de Departamentos y a los asesores internos y/o externos, como también a secretarios, personal docente, de investigación y administrativo del Instituto Universitario, fijando sus remuneraciones y demás condiciones de la relación laboral en función del presupuesto aprobado.

  7. Dictar resoluciones de aprobación de planes académicos y proyectos presupuestarios.

  8. Preparar el presupuesto anual del IUNIR.

  9. Aprobar los planes de estudio, el establecimiento de las carreras, la creación, modificación o cancelación de Unidades Académicas y/o Centros de Enseñanza Adscriptos al IUNIR, asà como también dirigir toda la actividad Académica del mismo.

  10. Aprobar los proyectos de investigación y promover la calidad cientÃfica de los mismos asà como intervenir en la determinación de los compromisos que asuma el IUNIR ante terceros para la ejecución de los mismos.

  11. Aprobar las normas y reglamentos de las Unidades Académicas, de Investigación, de Extensión, de la AsesorÃa Pedagógica y de las Areas Administrativas.

  12. Representar al IUNIR en todo tipo de actividades académicas, culturales, artÃsticas, cientÃficas o de extensión, complementarias del mismo.

  13. Elevar a consideración del Consejo de Administración de la Fundación Instituto Universitario Italiano de Rosario los requerimientos presupuestarios con el correspondiente plan de acción, quedando aprobado el proyecto de presupuesto si no fuera objetado fundadamente dentro de los 30 (treinta) dÃas de su presentación a la misma.

  14. Dictar la polÃtica a seguir en materia de aranceles y becas, subsidios y premios.

  15. Dictar los reglamentos que regulen la relación del...

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