Resolución 1.597/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2010

Jueves 11 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.026 57

ART. 67

'º: ESCALAFON DE CATEGORIAS: 1 2 3 4 5 6.

ENERO. ‘10 Suma Remun. Suma Remun.

Suma Remun.

suma no remun suma no remun BASICOS Art. 3 Ley 26.341

1/8/2009 desde may/10 desde jul/10 jul/10 a dic./10 set/10 a dic.10

  1. PERSONAL DE ELABORACION EXPEDICION - MANTENIMIENTO PERSONAL DE ADMINISTRACION Y VENTAS:

Encargado General: Convencional con 20% más que Administrativo* $' 2.752,20 $' 288,26 $' 192,65 $' 178,89 $' 192,65 $' 180,00

Encargado de Sección $' 2.392,50 $' 281,95 $' 167,48 $' 155,51 $' 167,48 $' 180,00

Administrativo/a $' 2.293,50 $' 280,21 $' 160,55 $' 149,08 $' 160,55 $' 180,00

Cajero/a $' 2.244,00 $' 279,35 $' 157,08 $' 145,86 $' 157,08 $' 180,00

Auxiliar Administrativo/a $' 2.112,00 $' 277,03 $' 147,84 $' 137,28 $' 147,84 $' 180,00

Vendedor a partir del 11'º mes $' 2.046,00 $' 275,88 $' 143,22 $' 132,99 $' 143,22 $' 180,00

Auxiliar en Ventas del 7'º al 10'º mes $' 1.848,00 $' 272,40 $' 129,36 $' 120,12 $' 129,36 $' 180,00

Práctico en Ventas del 4'º al 6'º mes $' 1 749,00 $' 270,67 $' 122,43 $' 113,69 $' 122,43 $' 180,00

Inicial en ventas hasta el 3'º mes $' 1.650,00 $' 268,93 $' 115,50 $' 107,25 $' 115,50 $' 180,00

NOTA: A las precedentes Escalas se les deben incorporar los beneficios del Art. 61'º EQUIPO DE ROPA O COMPENSACION ECONOMICA Art. 51'º: Vacaciones anuales bonificadas en dÃas.

Art. 68

'º: TITULOS: Compensación económica.- Art. 29'º y 69'º: Compensación por responsabilidad por Caja.

Art. 70

'º: ASCENSOS RETRIBUTIVOS: a) Las categorÃas subrayadas a los 36 meses de estar en dichas categorÃas, percibirán un 3% más.- b) El Peón al año pasará a percibir igual sueldo que el aydte.

Art. 72

'º: ESCALA DE ANTIGÜEDAD: desde el 1'º al 5'º año de antigüedad: el 2% anual acumulativo. A partir del 6'º año el 1% anual acumulativo.

Art. 73

'º: Gratificación económica por Retiro Voluntario.

% 57 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1579/2010

Tope N'º' 538/2010

Bs. As., 18/10/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.198.055/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1391 del 20 de septiembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 448/454 del Expediente N'º' 1.198.055/06 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 831/06 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley dé Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.

N'º' 1391/10 y registrado bajo el N'º' 1383/10, conforme surge de fojas 462/464 y 467, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 475/480, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º' 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N'º' 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar N'º' 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º â FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1391 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el N'º' 1383/10 suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA...

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