Resolución 1/2023

Fecha de publicación27 Enero 2023
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2023

VISTO el expediente EX-2023-04212867-APN-DGDYD#MDTYH, las Resoluciones Nros. 19 del 8 de mayo del 2020 y 14 del 19 de enero del 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT; la Disposición Nº 1 del 18 de junio del 2020 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO, la Resolución Nº 23 del 29 de diciembre del 2021 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 19/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se creó el “Plan Nacional de Suelo Urbano”, facultándose por el artículo 7° a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO a dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten pertinentes y autorizándola a suscribir los convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos dispuestos en la mencionada Resolución.

Que el Plan Nacional de Suelo Urbano comprende el Programa Nacional de Producción de Suelo, el Programa Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Políticas de Suelo y la Mesa Intersectorial de Políticas de Suelo.

Que por medio de la Disposición N° 1/20 de la Subsecretaría de Política de Suelo y Urbanismo se creó el Programa Nacional de Producción de Suelo, aprobando asimismo su Reglamento Particular.

Que la Resolución N° 14/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT estableció que el Plan Nacional de Suelo será implementado por el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, facultándose a la SECRETARÍA a dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten pertinentes y autorizándola a suscribir los convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos dispuestos en la mencionada Resolución.

Que por el artículo 4° de la Resolución N° 23/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, se aprobaron los “Montos Máximos Financiables” aplicables al “Programa Nacional de Producción de Suelo”.

Que el Reglamento Particular del Programa Nacional de Producción de Suelo, aprobado por Resolución N° 23/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL incorporó en el punto 4.2.3 la posibilidad de financiamiento de la medición, elaboración y tramitación de los planos de mensura y subdivisión del loteo, hasta su aprobación, registración y amojonamiento.

Que asimismo, se han ponderado diferentes vectores como ser las distintas regiones del país por características bioclimáticas “Patagonia Sur”, “Patagonia Norte”, “Cuyo”, “Noroeste Argentino”, “Noreste...

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