Resolución General 2725/2009

Fecha de disposición18 Diciembre 2009
Fecha de publicación18 Diciembre 2009
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31804

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Dése de baja a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 1-2070-2) del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, debiendo mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que ya se encontraren afiliados.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y oportunamente, archívese. -- Ricardo E. Bellagio.

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Resolución 391/2009

Impleméntase un procedimiento previo de autorización para los viajes al exterior de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas con jerarquía inferior a Dirección Nacional y/o General.

Bs. As., 11/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0514645/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995, la Decisión Administrativa Nº 348 del 7 de octubre de 2009, la Resolución Nº 78 del 8 de octubre de 2009 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995 se aprobó el Régimen de Viajes al Exterior del personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones o comisiones de carácter oficial.

Que por la Decisión Administrativa Nº 348 del 7 de octubre de 2009 se estableció una racionalización del régimen de viajes al exterior cuando se trate de: a) Secretarías de la Presidencia la Nación, de la Casa Militar,

Secretarías, Subsecretarías, Instituciones de la Seguridad Social, Entes Reguladores,

Entes Liquidadores y Superintendencias, incluyendo a los cuerpos colegiados, Organismos de la Administración Pública Nacional Descentralizada y Desconcentrada y Direcciones Nacionales y Generales o sus respectivos niveles equivalentes; b) Autoridades de las Entidades Financieras Oficiales nacionales y de sus Empresas vinculadas, hasta nivel equivalente a Dirección Nacional y General; c) Autoridades de las Empresas y Sociedades del Estado, de los Entes Públicos y de los Fondos Fiduciarios previstos en los incisos b), c) y d) del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, hasta nivel equivalente a Dirección Nacional y General, implementándose un procedimiento previo de autorización por parte del Jefe de Gabinete de Ministros, previa conformidad...

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