Resolución General 2709/2009

Fecha de disposición23 Noviembre 2009
Fecha de publicación23 Noviembre 2009
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31786
Art. 4º

Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de importación para consumo que se oficialicen a partir del día siguiente al de publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Art. 5º

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. -- María S.Tirabassi.

ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 2710

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR CRITERIO POSICION ARANCELARIA NCM DESCRIPCION DE LA MERCADERIA VALOR FOB U$S UNIDAD GRUPOS DE ORIGEN 8544.11.00

Alambre para bobinar de cobre, esmaltado, de 0,02 a 0,10 mm de diámetro cubierto 9,5 Kilogramo GR1, GR4

8544.11.00

Alambre para bobinar de cobre, esmaltado, de 0,11 a 0,29 mm de diámetro cubierto 7,8 Kilogramo GR1, GR4

8544.11.00

Alambre para bobinar de cobre, esmaltado, de 0,30 a 1,19 mm de diámetro cubierto 7,3 Kilogramo GR1, GR4

8544.11.00

Alambre para bobinar de cobre, esmaltado, de 1,20 mm y superiores de diámetro cubierto 7,1 Kilogramo GR1, GR4

8544.11.00

Alambre para bobinar de cobre, esmaltado, inferior a 0,02 mm de diámetro cubierto 9,5 Kilogramo GR1, GR4

ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 2710

PAISES DE ORIGEN DE LAS MERCADERIAS GRUPO 1

203 BRASIL 205 COLOMBIA 208 CHILE 210 ECUADOR 221 PARAGUAY 225 URUGUAY ANEXO III RESOLUCION GENERAL Nº 2710

BAJAS DE VALORES CRITERIO PARA IMPORTACION POSICION ARANCELARIA NCM DESCRIPCION 8544.11.00

Valores criterio anteriormente informados para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM.

Dirección General de Aduanas ADUANAS Resolución General 2709/2009

Importación. Valores criterios de carácter preventivo. Resolución General Nº 1907 y su modificatoria. Norma complementaria.

Bs. As., 17/11/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-85-2009 del Registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos, y CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 1907 y su modificatoria estableció que la Dirección General de Aduanas comunicará los valores criterio de carácter precautorio, los cuales constituyen una importante herramienta para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en la importación de mercaderías.

Que en función de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Anexo II de la citada resolución general.

Que se han observado, en algunos sectores del comercio importador, comportamientos que tornan pertinente su estudio pormenorizado.

Que sectores representativos del sector productivo nacional han presentado solicitudes tendientes a la actualización de los valores criterio vigentes para determinadas mercaderías, en los términos del Anexo IV de la Resolución General...

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