Resolución General 8/2009
Fecha de la disposición | 5 de Noviembre de 2009 |
B - INCUMPLIMIENTOS Art. 21. -- Cuando este Organismo detecte el incumplimiento de las obligaciones dispuestas en los Artículos 2º y 6º, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, comunicará dichas irregularidades a la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos inmediatos siguientes a la constatación de los citados hechos, a los fines previstos en el cuarto párrafo del Artículo 9º del Decreto Nº 1405/01.
Toda cita efectuada en normas vigentes respecto de la Resolución General Nº 1246 y sus modificaciones, debe entenderse referida a esta resolución general, para lo cual, cuando corresponda, deberán considerarse las adecuaciones normativas que resulten de aplicación al caso.
-- Ricardo Echegaray.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL N° 2697
NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES Artículo 10 (10.1.) Usuarios:
Responsables inscriptos, sujetos exentos o no alcanzados en el impuesto al valor agregado, o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) - Monotributo.
ANEXO II RESOLUCION GENERAL N° 2697 'AFIP-DGI - GUIA FISCAL HARINERA ESTABLECIMIENTOS MOLINEROS - Versión 1.0' CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO La utilización del sistema 'AFIP-DGI - GUIA FISCAL HARINERA - ESTABLECIMIENTOS MOLINEROS - Versión 1.0' requiere tener preinstalado el sistema informático 'S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1. Release 2'. Está preparado para ejecutarse en computadoras tipo AT 486 o superiores con sistema operativo 'WINDOWS 95' o superior, con disquetera de TRES PULGADAS Y MEDIA (31/2 ') HD (1,44 Mb), (32 Mb) de memoria RAM y disco rígido con un mínimo de 50
Mb disponibles.
El sistema permite:
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Carga manual de datos.
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Administración de la información, por responsable.
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Generación de archivos para su transferencia electrónica a través de la página 'web' de este Organismo (http://www.afip.gov.ar).
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Impresión de la declaración jurada que acompaña a los soportes que el responsable presenta.
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Emisión de listados con los datos que se graban en los archivos para el control del responsable.
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Soporte de las impresoras predeterminadas por 'Windows'.
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Generación de soportes de resguardo de la información del contribuyente.
El sistema prevé un módulo de 'Ayuda', al cual se accede con la tecla F1 o, a través de la barra de menú, que contiene indicaciones para facilitar el uso del programa aplicativo. El usuario deberá contar con una conexión a 'Internet' a través de cualquier medio (telefónico, satelital, fibra óptica, cable módem o inalámbrica) con su correspondiente equipamiento de enlace y transmisión digital.
Asimismo, deberá disponerse de un navegador ('Browser') 'internet Explorer', 'Netscape' o similar para leer e interpretar páginas en formatos compatibles.
En caso de efectuarse una presentación rectificativa, se consignarán en ella todos los conceptos contenidos en la originaria, incluso aquellos que no hayan sufrido modificaciones.
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