Resolución 7/2010

Fecha de disposición25 Febrero 2010
Fecha de publicación25 Febrero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31851
Art. 2º

Autorízase la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el Artículo 5º del Decreto Nº 691 de fecha 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo II de la presente, otorgando a las mismas la ampliación del código de descuento por los servicios incorporados según se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan C. Pezoa.

ANEXO I DENOMINACION DE LA ENTIDAD CODIGO DE DESCUENTO ASOCIACION MUTUAL 9 DE NOVIEMBRE 13261

MULTIFINANZAS COMPAÑIA FINANCIERA S.A. 90622

ANEXO II DENOMINACION DE LA ENTIDAD CODIGO DE DESCUENTO BANCO DE LA NACION ARGENTINA 90202

ASOCIACION MUTUAL MODELO DE ENTRE RIOS 13221

13224 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 7/2010

Actualización del Monto de las Garantías de Actuación en el Régimen de Aduanas Domiciliarias y en Factoría.

Bs. As., 17/2/2010

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13662-5-2010, del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 596 (AFIP) por la que se creó el Régimen de Aduanas Domiciliarias establece en su Anexo II, apartado 4, punto. 4.3, que el monto de la Garantía de Actuación se constituirá por el plazo mínimo de UN (1) año y se reajustará cuando hayan variado las condiciones de operatividad de la empresa.

Que la mencionada norma expresa que el monto de la garantía global se determinará en función al patrimonio de la firma, al volumen de las operaciones de importación y exportación del año fiscal anterior y al total de los tributos pagados y garantizados por dichas operaciones en igual período.

Que por otra parte, la normativa específica del Régimen de Aduanas en Factoría adopta a través de la Resolución General Nº 1424 (AFIP), similares parámetros para la determinación del monto de la garantía de Actuación, pero estableciendo al efecto, una fórmula concreta y un límite preciso a través de la Resolución General Nº 1673 (AFIP).

Que mediante Nota Nº 66/2010 (DE GROP), el Departamento Grandes Operadores, en base a las facultades conferidas por Disposición Nº 36/06 (AFIP), esencialmente en lo que respecta al seguimiento y control de la operatoria de comercio exterior de los grandes operadores, propicia la necesidad de actualizar los montos de las Garantías que cubren la Actuación de las firmas tanto en el Régimen de Aduanas Domiciliarias como en el Régimen de Aduanas en Factoría.

Que en atención al informe precedente y en resguardo de la renta fiscal, se impone ajustar el importe de las garantías de Actuación presentadas por los usuarios del régimen de Aduanas Domiciliarias y en Factoría a fin de adecuar los mismos a los parámetros referenciados.

Que la presente se dicta en uso de las...

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