Resolución 1515/2009
Fecha de disposición | 18 Enero 2010 |
Fecha de publicación | 18 Enero 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31823 |
SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD PERSONERIA GREMIAL 347
Av. Córdoba 1576/80 tel.: 4813-5058/ 4811-7416 (CP: 1055) y Tte. Gral. Juan D. Perón 2385 Tel.: 4951-2686/4581 (CP: 1040) Ciudad de Buenos Aires PUBLICIDAD EN LA VIA PUBLICA Categorías según Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/90
Básicos mayo 2009
3% Básicos julio 2009
3% Básicos setiemb 2009
4% AREA DE ARTE DIBUJANTE PROYECTISTA 2476,54 2550,84 2652,87
DECORADOR 2354,09 2424,71 2521,70
LETRISTA 2272,44 2340,61 2434,24
DIBUJANTE 2177,18 2242,50 2332,20
PLANTILLERO 2177,18 2242,50 2332,20
AYUDANTE DECOR.Y DIBUJO 1959,46 2018,25 2098,98
MEDIO OFICIAL LETRISTA 1959,46 2018,25 2098,98
AREA ADMINISTRACION CATEGORIA A 2258,83 2326,60 2419,66
CATEGORIA B 2177,18 2242,50 2332,20
CATEGORIA C 1918,64 1976,20 2055,25
PROG. DE COMPUTADORA 2476,54 2550,84 2652,87
OPER. DE COMPUTACION 2190,79 2256,51 2346,77
CADETE 1537,64 1583,76 1647,12
AREA TALLER Y VIA PUBLICA OFICIAL CATEGORIA A 2258,83 2326,60 2419,66
OFICIAL CATEGORIA B 2177,18 2242,50 2332,20
OFICIAL CATEGORIA C 1918,64 1976,20 2055,25
MEDIO OFICIAL CATEGORIA A 1959,46 2018,25 2098,98
MEDIO OFICIAL CATEGORIA B 1918,64 1976,20 2055,25
OPERARIOS 1877,82 1934,16 2011,52
PEON 1877,82 1934,16 2011,52
AYUDANTE DE TALLER 1823,39 1878,09 1953,21
APRENDIZ 1537,64 1583,76 1647,12
MAESTRANZA 1537,64 1583,76 1647,12
ADICIONALES Básicos Mayo 2009
Básicos Julio 2009
Básicos Setiemb 2009
Comida por día 20,31 20,92 21,76
Refrigerio por día 8,66 8,92 9,28
Título Secundario 61,74 63,59 66,13
Título Universitario 103,90 107,01 111,29
LUMINISCENTES Oficial por día 13,10 13,49 14,03
Medio Oficial por día 10,29 10,60 11,02
Ayudante por día 6,65 6,85 7,13
Pers. Eventual por día 18,29 18,84 19,6 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1515/2009
Registro Nº 1322/2009
Bs. As., 5/11/2009
VISTO el Expediente Nº 1.344.936/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/9 de la actuación referida obra el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES (STIGAS), y la empresa METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004).
Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empresa, conforme los detalles allí impuestos, y con vigencia a partir del 1 de agosto de 2009.
Que asimismo, los agentes negociadores ratifican el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, conforme constancias obrantes en autos, acreditando asimismo su personería y facultades para negociar colectivamente.
Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la empresa firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), entre ellos el previsto en el Artículo 17 de dicha Ley.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, corresponde la remisión de las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Tope Indemnizatorio previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES (STIGAS), y la empresa METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/9 del Expediente Nº 1.334.936/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/9 del Expediente Nº 1.344.936/09.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias.Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el...
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