Resolución 751/2009

Fecha de disposición14 Enero 2010
Fecha de publicación14 Enero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31821

Por su naturaleza, la gratificación extraordinaria pactada en ningún caso se proyectará para integrar la base de cálculo de ningún otro concepto, ni como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún instituto legal, convencional o contractual.

  1. Queda establecido que los pagos indicados sólo corresponderán al Personal dependiente de La Empresa comprendido en el ámbito de representación de UOMRA que presta servicios en los distintos Establecimientos de la misma, que se hubiera desempeñado en forma ininterrumpida durante todo el año 2008 y cuyos contratos de trabajo estuvieran en cada caso vigentes en las respectivas fechas de pago.

  2. Las Partes dejan constancia que, en el supuesto de que, por conducto de normas estatales y/o de normas emergentes de la negociación colectiva celebrada en un nivel superior al de empresa;

    se establecieran prestaciones o beneficios de naturaleza similar, los beneficios aquí reconocidos se reducirán en idéntica proporción a aquella en que las normas estatales o producto de la autonomía colectiva hubieran establecido tales prestaciones y/o los absorberán o compensarán hasta su concurrencia.

  3. Las Partes dejan igualmente establecido que la entrada en vigencia del presente acuerdo estará condicionada a que las mismas alcancen un acuerdo en torno al premio por resultado positivo, sobre el cual continúan las negociaciones, antes del 12 de julio de 2009. En el caso de que tal acuerdo no se alcance antes de la fecha indicada, el presente acuerdo no entrará en vigencia. En tal caso, los importes arriba indicados pasarán a incorporarse a la negociación vinculada con el premio por resultado positivo.

  4. Las Partes presentarán este acuerdo ante la autoridad administrativa laboral para su debida homologación.

    Previa lectura y ratificación, se suscriben tres ejemplares de idéntico tenor y a un solo efecto, el día 12 de junio de 2009.

    MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 751/2009

    Tope Nº 224/2009

    Bs. As., 25/6/2009

    VISTO el Expediente Nº 1.076.111/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 762 del 7 de julio de 2008, Nº 999 del 7 de agosto de 2008, y Nº 598 de fecha 26 de mayo de 2009 y CONSIDERANDO:

    Que a fojas 263 del Expediente Nº...

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