Resolución 788/2009

Fecha de publicación06 Enero 2010
Fecha de disposición06 Enero 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31815

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 788/2009

Registro Nº 688/2009

Bs. As., 29/6/2009

VISTO el Expediente Nº 1.253.331/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 226/228 del Expediente Nº 1.253.331/07 obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1015/08 "E", entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte gremial y las empresas FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA y la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA —UGOFE— LINEA ROCA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron una suma no remunerativa, con vigencia desde el 1 de marzo de 2009 hasta el 31 de agosto de 2009, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que con relación a ello, debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativo y su aplicación a los efectos contributivos es de origen legal y de alcance restrictivo. Correlativamente, la atribución heterónoma de tal carácter es excepcional y, salvo en supuestos especiales legalmente previstos, debe tener validez transitoria, condición a la que las partes se ajustan en el presente.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado intervención que le compete, conforme surge de la trascripción del Dictamen Nº 4401 glosado a foja 234.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA...

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