Resolución 755/2009

Fecha de la disposición 6 de Enero de 2010

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 755/2009

Registro Nº 647/2009

Bs. As., 25/6/2009

VISTO el Expediente Nº 255.568/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 255.568/08 obra el acuerdo salarial celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS Y HELADEROS (S.T.A.R.P.YH. - MAR DEL PLATA), por el sector sindical y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE MAR DEL PLATA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes convienen un incremento salarial sobre los salarios básicos vigentes al 31 de diciembre de 2008 para la Rama Reposteros, conforme surge de los términos y contenidos del texto del acuerdo y anexos I y II acompañados.

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 167/91.

Que en cuanto al período de vigencia se establece que empezará a regir a partir del 1 de enero de 2009 hasta el 30 de abril de 2009.

Que el precitado acuerdo ha sido ratificado por ambas partes conforme surge a fojas 1 de autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que las partes se encuentran legitimadas para negociar conforme surge del Expediente Nº 247.551/05.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que por último, correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se proceda a elaborar, por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, el pertinente proyecto de base promedio y tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los promedios de las remuneraciones y el tope indemnizatorio al cálculo de la indemnización que le corresponde a los trabajadores en caso de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 255.568/08, que ha sido celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS Y HELADEROS (S.T.A.R.P.YH. - MAR DEL PLATA), por el sector sindical y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE MAR DEL PLATA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el...

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