Resolución 1208/2009

Fecha de disposición22 Diciembre 2009
Fecha de publicación22 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31806
  1. Actualizar en forma periódica la cantidad de personas que asisten recién nacidos y niños que han aprobado el curso de RCP en las diferentes maternidades y hospitales con internación pediátrica.

  2. Organizar cursos de RCP en las áreas detectadas con mayor necesidad de intervención.

  3. Programar las actividades que deberán desarrollar los instructores para que en 2 años se haya capacitado a todo el personal provincial comprendido en esta resolución ministerial.

  4. Lograr en un corto plazo que todos los agentes de salud que asisten recién nacidos y niños en su provincia hayan aprobado el curso de RCP neonatal y/o pediátrico.

  5. Mantener una comunicación fluida con el instructor académico provincial.

  6. Articular con las áreas involucradas del sistema de salud, a fin de que el Programa sea institucionalizado en todos los Servicios de atención de RN y niños.

  7. Sobre la matriz del certificado que se enviará desde el Ministerio Salud de la Nación y en común acuerdo con la SAP, será su responsabilidad imprimirlo y completarlo con los datos de los participantes de los cursos de RCP.

  8. Distribuir estos certificados a los instructores locales que hayan dictado los cursos para que los mismos puedan ser entregados a los participantes.

    REFERENTE PROVINCIAL ACADEMICO Responsabilidades y competencias 1. Elaborar y mantener la base de datos de instructores habilitados en su provincia.

  9. Asegurar que los instructores completen las grillas correspondientes a los alumnos en cada curso que dicten.

  10. Llevar el registro de los cursos realizados y el personal entrenado en cada período.

  11. Supervisar la certificación de todo el personal entrenado de la provincia.

  12. Remitir la información generada en el punto 3 (archivo Excel: Lista para certificados y datos RCP Neo.xls), al programa Nacional (Ministerio de Salud). Mail: spacchioni@ucmisalud.gov.ar y a la SAP.

  13. Supervisar el estado y las necesidades del material para el dictado de cursos.

    Si el referente provincial no cumple con las responsabilidades aquí enunciadas, será removido de tal condición y seguirá otro en su lugar.

    INSTRUCTORES DE RCP Responsabilidades y competencias 1. Dictar por lo menos dos cursos en el lapso de 2 años para revalidar dicha condición.

  14. Supervisar en su lugar de trabajo la condición del material para el dictado de los cursos y mantener informado al referente provincial de dicha situación.

  15. Llenar las grillas completas luego del dictado de cada curso y enviarlas al Referente Provincial.

  16. Concurrir a las actualizaciones dictadas por los miembros del Area de Trabajo de RCP de la Sociedad Argentina de Pediatría.

  17. Mantener en todos los casos, una comunicación fluida...

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