Resolución 30/2009

Fecha de publicación21 Diciembre 2009
Fecha de disposición21 Diciembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31805

ANEXO IV DECLARACION JURADA.

Declaro bajo juramento que la presentante del proyecto:

  1. No es armadora ni propietaria de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la Ley 24.922;

  2. Carece de relación jurídica, económica o de beneficio, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 19.550, con personas físicas o jurídicas propietarias y/o armadoras de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la Ley 24.922;

  3. Carece de relación jurídica, económica o de beneficio con personas físicas o jurídicas, propietarios y/o armadoras, de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la Ley 24.922.

---------------------Firma del representante Lugar y fecha:

ANEXO V-a Artículo 26, inciso 1), de la Ley 24.922

ITEM CONDICION PUNTOS Tripulación Argentina 100% 20 menor al 100% y mayor o igual al 90% 15 menor al 90% y mayor o igual al 80% 10 menor al 80% y mayor o igual al 75% 5

Procesamiento en tierra mayor al 20% 20 igual al 20% 0

Antigüedad del buque menor o igual a 20 años 20 de 21 a 25 10 de 26 a 30 5 mayor de 30 años 0

Buques por empresa/grupo empresario 2 o menos buques 20

3 ó 4 buques 10 más de 4 buques 0

Origen de la construcción Nacional 20

Extranjera 0

ANEXO V-a (continuación) Puntaje Años otorgados de permiso 100 10

90 9

80 8

70 7

60 6

50 5

40 4

30 3

20 2

10 1

ANEXO V-b Artículo 26, inciso 2), de la Ley 24.922

ITEM CONDICION PUNTOS Tripulación Argentina 100% 30 menor al 100% y mayor o igual al 90% 20 menor al 90% y mayor o igual al 80% 10 menor al 80% y mayor o igual al 75% 5

Procesamiento en tierra mayor al 20% 30 igual al 20% 10

Planta propia Con reprocesamiento según INDEC 30

Otros 10

Antigüedad del buque ITEM CONDICION PUNTOS menor o igual a 20 años 20 de 21 a 25 10 de 26 a 30 5 mayor de 30 años 0

Buques por empresa/grupo empresario 2 o menos buques 20

3 ó 4 buques 10 más de 4 buques 0

Origen de la construcción Nacional 20

Extranjera 0

ANEXO V-b (continuación) Puntaje Años otorgados de permiso 150 30

145 29

140 28

135 27

130 26

125 25

120 24

115 23

110 22

105 21

100 20

95 19

90 18

85 17

80 16

75 15

70 14

65 13

60 12

55 11

50 10 Consejo Federal Pesquero PESCA Resolución 30/2009

Asígnanse cuotas individuales transferibles de captura de la Reserva Social de la especie merluza.

Bs. As., 16/12/2009

VISTO la Ley Nº 24.922, el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 748 del 14 de julio de 1999, las Resoluciones Nº 10 del 27 de mayo de 2009 y Nº 23 del 12 de noviembre de 2009, y el Acta Nº 49 de los días 11, 12 y 16 de noviembre de 2009, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la política establecida por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO en el Acta mencionada en el visto, en la Resolución Nº 23 del 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para el stock sur del paralelo 41º de latitud Sur de la especie merluza común (Merluccius hubbsi), de conformidad con los criterios y condiciones que fueron explicitados en dicha oportunidad.

Que asimismo, en el artículo 6º de la citada resolución, se estableció un porcentaje de la Captura Máxima Permisible (CMP) como Reserva Social conforme lo establecido en el artículo 4º, inciso e), del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), aprobado por la Resolución Nº 10, de fecha 27 de mayo de 2009, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y se destinaron...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR