Resolución 555/2009

Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2009

RIO DE DEFENSA--, Subjurisdicción 24 --ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS--.

Que este aumento se compensa con una reducción de créditos de la jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 37 de la Ley Nº 24.156, sustituido por el artículo 1º de la Ley 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Modifícase la distribución del PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Jorge E. Taiana.

-- Amado Boudou.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.801 12 licitante. Dicho informe deberá ser remitido en el plazo perentorio de CINCO (5) días hábiles, pudiendo requerirse por única vez la prórroga del citado plazo por hasta un máximo de DOS (2) días hábiles.

El informe negativo, será causal de desestimación de la solicitud de adelanto de cuota.

Art. 4º

La OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el citado Decreto Nº 906/09 y efectuará la adjudicación correspondiente, sobre la base de los principios de razonabilidad, transparencia e igualdad, hasta un máximo de CIENTO CINCUENTA TONELADAS (150 t.) por solicitante.

Art. 5º

El otorgamiento del anticipo no generará para el beneficiario derecho alguno a ser adjudicatario de cuota en el presente ciclo comercial o en el futuro.

Art. 6º

El volumen autorizado en forma anticipada será descontado del total de toneladas asignadas al postulante en el Concurso Público en caso de resultar adjudicatario.

Art. 7º

Los interesados que resultaren beneficiarios del adelanto de cuota deberán en el plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir de la publicación en el boletín oficial de la resolución que ordene la pertinente adjudicación del adelanto que excepcionalmente se autoriza por la presente, constituir una garantía de cumplimiento del CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que resulte de multiplicar la cantidad de toneladas de carne adjudicadas por el precio promedio de la tonelada del contingente arancelario de cortes de carne bovino sin hueso enfriado de calidad superior denominado 'Cuota Hilton', correspondiente al ciclo de exportación anterior.

Para el Ciclo de Exportación 2008/2009, el valor FOB promedio de la tonelada es de DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 10.000).

La citada garantía podrá constituirse de la siguiente manera:

  1. En dinero en efectivo mediante depósito bancario constituido a favor de la mencionada Oficina Nacional.

  2. En títulos de deuda pública. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione.

  3. Aval bancario a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

La restitución de la garantía al beneficiario del adelanto tendrá lugar una vez que éste resulte adjudicatario en los términos del citado Decreto Nº 906/09, y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR