Resolución 459/2009

Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2009

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 1378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 41.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral (Feed Lots).

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA, Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots), que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 75.711,57) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 75.711,57).

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U.

PERIODO 2009 mayo Junio 2 16749268529

RIERA ROBERTO RODOLFO 20-12014235-7 011033712003371050540-8 35.092,43 40.619,14

TOTAL 75.711,57 Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS Resolución 459/2009

Autorízase el pago de compensaciones.

Bs. As., 30/11/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0252131/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que por Resolución Nº 2242 de fecha 6 de marzo de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 3436 de fecha 23 de de abril de 2009 y 4724 de fecha 1 de junio de 2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno.

Que asimismo dispuso la derogación de la Resolución Nº 378 de fecha 17 de enero de 2007 y sus modificatorias de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por la que se establecía el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por Resolución Nº 3252 de fecha 14 de abril de 2009 de la mencionada Oficina Nacional se estableció el plazo durante el cual los productores de trigo, molinos de trigo y usuarios de molienda pudieran presentar las solicitudes de compensación al amparo de la citada Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias.

Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes...

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