Resolución 1290/2009

Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2009

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1290/2009

Registro Nº 1117/2009

Bs. As., 5/10/2009

VISTO el Expediente Nº 1.317.647/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el requerimiento de homologación del Acuerdo, obrante a fojas 2/7, suscripto entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS por la parte gremial y la Empresa GOL TRANSPORTES AEREOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresaria.

Que los agentes negociales han acordado entre otras estipulaciones y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75, incrementar los salarios del personal, tal como surge del instrumento acompañado.

Que las partes han ratificado a fojas 28 y 29 el contenido del texto del Acuerdo traído a estudio, como asimismo se ha cumplimentado el recaudo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo colectivo, corresponde que la Dirección de Regulaciones del Trabajo, evalúe la procedencia de realizar el pertinente proyecto de Base promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/7, suscripto entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS por la parte gremial y la Empresa GOL TRANSPORTES AEREOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresaria.

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.317.647/09.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de la elaboración del pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976 y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo por este acto se homologa y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.317.647/09

Buenos Aires, 6 de octubre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1290/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/7 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1117/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ANTEPROYECTO MODIFICACION CLAUSULAS DENTRO DEL MARCO DEL CCT 271/75

En Buenos Aires, a 25 de febrero de 2009 entre la empresa GOL Transportes Aéreos Sucursal Argentina (en adelante GOL) representada en este acto por Carla Andrea Coelho, en su carácter de representante legal de la misma y la Unión Personal Aeronavegación de Entes Privados, (en adelante UPADEP), representada por su Secretario General, Sr. Jorge Sansat, convienen dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo...

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