Resolución 1281/2009

Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2009
ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.335.083/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 384/99 'E'.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.335.083/09

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1231/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a foja 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1074/09.

-- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de junio de 2009, se reúnen los señores Roberto FERNÁNDEZ, Miguel Ángel CRISTI, Raúl JERÓNIMO y Antonio MORALES, en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, con domicilio legal en la calle Moreno 2969 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los señores Daniel PAGLIERO, Julio RAMÍREZ y Marcelo GRAZIANO, en representación de la empresa METROVIAS S.A., con domicilio legal en Bartolomé Mitre 3342 de la misma Ciudad, a efectos de considerar la revisión del valor máximo actual del beneficio que la empresa viene otorgando en concepto de ayuda 'guardería'.

Iniciada la reunión y luego de un prolongado intercambio de opiniones sobre el tema, teniendo en cuenta las variaciones que se han producido en los valores de mercado para la atención y cuidado de los niños en salas maternales o guarderías infantiles, ACUERDAN:

PRIMERO: Incrementar el valor del beneficio que la empresa viene otorgando al personal en concepto de ayuda 'guardería', cuyo valor actual es de hasta $ 260.- (doscientos sesenta pesos), en un veintitrés por ciento (23%) aproximadamente, fijando el nuevo valor del rubro en el importe de hasta $ 320.- (pesos trescientos veinte), bajo las mismas condiciones de percepción...

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