Resolución 1306/2009

Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2009

Antigüedad: se fijará en el 1% por año de servicios desde el primero hasta el cuarto año (1º al 4º), en el 1,5% por cada año subsiguiente a partir del quinto y hasta el octavo y 2% por año subsiguiente a partir del noveno año, sobre salario básico de la respectiva categoría.

Día del Gremio: '15 de Octubre' será abonado con un recargo del 100% a quienes este día deban prestar servicio (Art. 14).

Aportes Sindicales: 3% de Cuota Sindical y 1% Seguro de Sepelio (Art. 25).

Aporte Solidario: 1% Sobre el total de las remuneraciones Brutas para los Empleados NO afiliados (Art. 26).

Aporte Mutual: 3% sobre el total de las remuneraciones (Art. 27).

ESCALA SALARIAL:

ESTACIONES DE SERVICIOS, ESTACIONES DE EXPENDIO DE G.N.C, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS Y GOMERIAS DE NEUQUEN Y RIO NEGRO VIGENCIA:

1 DE JULIO DE 2008

CATEGORIAS Sueldo Básico Manejo de Fondos Asistencia Total Bruto Por día 25

Horas 200

Horas 50% 1,5

Horas 100% 2

  1. ENCARGADO DE TURNO:

    $ 1.759,72 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.949,72 $ 77,99 $ 9,75 $ 14,63 $ 19,50

  2. VENDEDOR DE PLAYA:

    $ 1.644,42 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.834,42 $ 73,98 $ 9,18 $ 13,77 $ 18,36

  3. OPERARIO DE SERVICIO:

    $ 1.683,98 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.873,98 $ 74,96 $ 9,37 $ 14,06 $ 18,74

  4. PERSONAL ADMINISTRATIVO:

    $ 1.694,05 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.884,05 $ 75,37 $ 9,43 $ 14,15 $ 18,86

  5. OPERARIO AUXILIAR: $ 1.560,55 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.750,55 $ 70,03 $ 8,76 $ 13,14 $ 17,52

  6. OPERARIO CONDUCTOR:

    $ 1.622,70 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.812,70 $ 72,51 $ 9,07 $ 13,61 $ 18,14

  7. OPERARIO DE INTERIOR Y ANEXOS:

    $ 1.611,92 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.801,92 $ 72,08 $ 9,01 $ 13,52 $ 18,02

  8. TRANQUERO O TURNANTE:

  9. SERENO: $ 1.636,60 $ 95,00 $ 95,00 $ 1.826,60 $ 73,07 $ 9,14 $ 13,71 $ 18,28

    Antigüedad: se fijará en el 1% por año de servicios desde el primero hasta el cuarto año (1º al 4º), en el 1,5% por cada año subsiguiente a partir del quinto y hasta el octavo y 2% por año subsiguiente a partir del noveno año, sobre salario básico de la respectiva categoría.

    Día del Gremio: '15 de Octubre' será abonado con un recargo del 100% a quienes, este día deban prestar servicio (Art.14).

    Aportes Sindicales: 3% de Cuota Sindical y 1% Seguro de Sepelio (Art. 25).

    Aporte Solidario: 1% Sobre el total de las remuneraciones Brutas para los Empleados NO afiliados (Art. 26).

    Aporte Mutual: 3% sobre el total de las remuneraciones (Art. 27).

    MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1306/2009

    Registro Nº 1129/2009

    Bs. As., 6/10/2009

    VISTO el Expediente Nº 1.335.351/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la...

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