Resolución 649/2009

Fecha de disposición18 Noviembre 2009
Fecha de publicación18 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31783

Leída y RATIFICADA la presente acta acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.

Expte. Nº 1.258.530/08

En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de mayo de 2009, siendo las 12.30 hs.

comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ante la Jefe del Dto. de Relaciones Laborales Nº 1 Dra. Mercedes M. GADEA, en representación del SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICASY PETROQUIMICAS DE ZARATE los Sres. Nelson Héctor PALACIOS, Oscar Adolfo CASCO y Norberto LUBO en sus caracteres de paritarios, con la asistencia del Dr. Mario Edgardo MITRE y en representación del sector empresario por ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOP. LTDA. la Sra. Marcela Andrea ORDOÑEZ; BAYER S.A. el Sr. Enrique GERBER; DAK AMERICAS ARGENTINA S.A. en su carácter de continuadora de EASTMAN CHEMICAL ARGENTINA S.R.L. el Sr. Miguel AMESTOY; LANXESS S.A. el Sr. Enrique WORMAN; LATINOQUIMICA - AMTEX S.A. el Sr. Daniel Atilio RINALDI; MERISANT ARGENTINA S.R.L. el Sr Walter CAVANA; MONSANTO ARGENTINA S.A. el Sr. Gustavo CALCATERRA; PETROBRAS ENERGIA S.A. --PLANTAS ZARATEY CAMPANA-- el Sr. Emilio SCAZZUSO; ROHM AND HAAS ARGENTINA S.R.L. el Sr. Nelson LOPEZ;

HERA AILINCO S.A. el Sr. Nicasio ANTELO; T.F.L. ARGENTINA S.A. el Sr. Guillermo José FERNANDEZ; IPESA S.A. el Sr. Santiago ARAUJO; CARBOCLOR S.A el Sr. Ignacio AGUERRE ATANOR SCA, el Dr. Andrés VERONE BEFESA SERVICIOS S.A. y BEFESA ARGENTINA S.A. el Sr. Pablo Rodrigo ARABADJIAN; QUIMIGAS S.A. el Sr. Luis GARGANO; CLARIANT ARGENTINA S.A. el Sr. Cristian CAURECICH; PRAXAIR ARGENTINA S.R.L. el Sr. Néstor Fabian BORDIGONI.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un arduo debate, y reunido el sector empresario resolvió, después de efectuar la votación correspondiente, aceptar la propuesta acordada con el sector sindical por lo que ambas partes en forma conjunta manifiestan que han arribado al Acuerdo que se trascribe a continuación.

PRIMERA: Las partes manifiestan que han alcanzado un Acuerdo Paritario Salarial en el marco del C.C.T. M.R. Nº 351/02 consistente en el pago de una suma fija No Remunerativa de carácter mensual y que es de aplicación convencional obligatoria para toda la actividad química y petroquímica de la zona de actuación del Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas Zárate.

Las empresas abonarán a todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Marco Regional Nº 351/02 con retroactividad al 1º de marzo de 2009 una suma NO REMUNERATIVA de carácter mensual de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Por el mes de marzo de 2009: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS):

  2. Por el mes de abril de 2009: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS):

  3. - Por los meses de mayo, junio, julio y agosto/09: $ 400.- (PESOS CUATROCIENTOS) por cada mes.

Los pagos de cada suma se realizarán bajo el concepto 'Acuerdo fecha 22/05/09 Exp.

1.258.530/08' de acuerdo al siguiente cronograma:

Marzo y mayo/09 $ 900.- (PESOS NOVECIENTOS) pagaderos el día 01/06/09.

Abril y junio/09 $ 900.- (PESOS NOVECIENTOS) pagaderos el día 01/07/09.

Julio/09 $ 400.- (PESOS CUATROCIENTOS) pagaderos el día 03/08/09.

Y Agosto/09 $ 400.- (PESOS CUATROCIENTOS) pagaderos el día 01/09/09.

SEGUNDA: El presente reconocimiento y acuerdo salarial tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2009 fecha a partir de la cual las partes se reunirán nuevamente.

TERCERA: Las sumas acordadas ut supra no podrán ser imputadas ni absorbidas por normas legales o convencionales anteriores o posteriores a la firma del presente.

CUARTA: Las partes se comprometen a aplicar el presente acuerdo a partir de su suscripción y con carácter retroactivo a partir del 1 de marzo de 2009, sin perjuicio de solicitar en este acto la homologación del mismo. Con lo que se cerró el acto, labrándose la presente que leída es ratificada y firmada en prueba de conformidad y para constancia, ante la actuante que certifica.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 649/2009

Registro Nº 583/2009

Bs. As., 5/6/2009

VISTO el Expediente Nº 1.255.102/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 158/160 del Expediente Nº 1.255.102/08 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa SAF ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 161, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las partes convienen una nueva prórroga de la cláusula tercera del Acuerdo suscripto el 16 de enero de 2008 obrante a fojas 52/54, que fuera oportunamente homologado por la Resolución S.T. Nº 241/08.

Que en virtud de dicha prórroga, la empresa procederá al pago de una suma no remunerativa, de carácter extraordinario y por única vez en concepto de Bono de Paz Social de MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 1.200.-) que se abonará en tres (3) cuotas de CUATROCIENTOS PESOS ($ 400.-) cada una, en los meses de mayo, julio y septiembre de 2009, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que a su vez, las partes acuerdan una contribución extraordinaria por única vez a la obra social.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad...

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