Resolución 76/2009

Fecha de publicación17 Noviembre 2009
Fecha de disposición17 Noviembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31782

Autorízase el pago de aportes no reintegrables.

Bs. As., 12/11/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0457533/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 169 de fecha 5 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, se estableció un mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos, con el fin de promover el crecimiento sostenido del sector, mejorar los ingresos de los productores, asegurar el abastecimiento al mercado interno, generar precios razonables para productos de consumo masivo y a la vez fortalecer la inserción de la lechería argentina en el mercado internacional.

Que por el Artículo 3º de la citada Resolución Nº 169/09 se dispuso que fueran beneficiarios de dicho aporte los productores tamberos que hayan producido un promedio diario inferior o igual a TRES MIL (3.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en el período comprendido desde junio a septiembre de 2008.

Que por la Resolución Nº 2241 de fecha 6 de marzo de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se determinó la metodología para la implementación del régimen establecido por la mencionada Resolución Nº 169/09.

Que por la Resolución Nº 393 de fecha 11 de junio de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS se amplió el mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos establecido por la referida Resolución Nº 169/09, incorporando a aquellos productores que en el período de referencia hayan producido un promedio diario superior a TRES MIL (3.000) pero inferior o igual a SEIS MIL (6.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en cumplimiento del Acta Acuerdo suscripta con fecha 2 de junio de 2009 entre el Gobierno Nacional y asociaciones de productores tamberos.

Que por la Resolución Nº 5295 de fecha 12 de junio de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se extendieron los alcances de la citada Resolución Nº 2241/09.

Que por la Resolución Nº 513 de fecha 5 de agosto de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se amplió el mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos establecido por las referidas Resoluciones Nros. 169/09 y 393/09, alcanzando a aquellos productores que en el período de referencia hayan producido un promedio diario de hasta DOCE MIL (12.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, y elevando el monto del aporte a PESOS CERO CON VEINTE CENTAVOS ($ 0,20), en cumplimiento del Acuerdo Marco suscripto con fecha 30 de julio de 2009 entre el Gobierno Nacional y asociaciones de productores tamberos.

Que por el Artículo 4º de la mencionada Resolución Nº 513/09 se establece que serán beneficiarios de dicho aporte los productores tamberos que se encuentren asociados a las entidades firmantes del Acuerdo Marco aludido, pudiendo los restantes productores tamberos adherirse al sistema implementado por la misma, dentro de los TREINTA (30) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial, conforme lo establecido por la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que a su vez, por el Artículo 3º de la antedicha Resolución Nº 513/09 se dispone que el pago de los aportes se efectivizará directamente en la cuenta bancaria que cada beneficiario identifique a tal fin.

Que por la Resolución Nº 6688 de fecha 6 de agosto de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO se extendieron los alcances de las mencionadas Resoluciones Nº 2241/09 y su ampliatoria Nº 5295/09, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, incluyendo a aquellos productores tamberos que hayan producido un promedio diario de hasta DOCE MIL (12.000) litros de leche fluida sin procesar, con destino a su industrialización, en el período comprendido desde junio a septiembre de 2008.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 169 de fecha 5 de marzo de 2009 y sus complementarias Nros. 393 de fecha 11 de junio de 2009 y 513 de fecha 5 de agosto de 2009, todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,

PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 82.163.904,79), correspondientes al mes de septiembre de 2009, en razón a las manifestaciones expresadas en los considerandos precedentes.

Art. 2º -- Autorízase el pago directo de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 82.163.904,79), correspondientes al mes de septiembre de 2009.

Art. 3º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

Nº Cuit del Informante Razón social del informante Cuit del productor Razón social del productor CBU Nro. de tambo PROMEDIO LITROS SEPTIEMBRE pesos X litro A COBRAR 1 30708181419 AGRO MAGNA S.A. 30708181419 AGRO MAGNA S.A. '0270027480010000089468' 1 3629 90000 0,2 $ 18.000,00

2 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30619713695 MURPHY MARIA ANTONIETA Y MURPHY MARIA DE LAS MERCEDES '0140402301707200385717' 1 2382 71450 0,2 $ 14.290,08

3 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30709777161 VILLA FIDELA S.R.L '0720217120000000186922' 2 918 27542 0,2 $ 5.508,34

4 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30695936202 GB LAC S.R.L '0070107120000000986102' 3 984 29531 0,2 $ 5.906,21

5 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30511570529 ESTAR SAAGCI '0110374620000214814028' 5 5136 90000 0,2 $ 18.000,00

6 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30644858142 CABAÑA ANGELITA SA '0140402301707200382817' 7 903 27090 0,2 $ 5.418,05

7 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30642134732 PROLAC SA '0140000701100004564638' 9 2363 70899 0,2 $ 14.179,72

8 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30619713695 MURPHY MARIA ANTONIETA Y MURPHY MARIA DE LAS MERCEDES '0140402301707200385717' 10 1139 34179 0,2 $ 6.835,77

9 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30636840838 FUNDACION INSTITUTO DE LA LECHE '1910039155003902852814' 15 1538 46132 0,2 $ 9.226,38

10 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30511570529 ESTAR SAAGCI '0110374620000214814028' 16 4166 90000 0,2 $ 18.000,00

11 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 33709256209 LA GERLY SRL '0140347101640100033060' 23 2701 81030 0,2 $ 16.206,00

12 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 23203839499 COGORNO OSCAR SANTIAGO '0110374630037401733629' 24 422 12660 0,2 $ 2.532,00

13 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30708264551 DOMAINE DE LA VERDE SA '0140074801501605006545' 26 1293 38790 0,2 $ 7.758,00

14 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30683530502 FERNANDOS SRL '0140402301707200356021' 27 2700 81000 0,2 $ 16.200,00

15 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30683530502 FERNANDOS SRL '0140402301707200356021' 28 2593 77790 0,2 $ 15.558,00

16 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30647039967 EL POZO SA '0140402301707200371103' 29 3000 90000 0,2 $ 18.000,00

17 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 27105800229 ADRIANA C. CARPINETI '0110374620000214103414' 30 4576 90000 0,2 $ 18.000,00

18 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30643687778 RAVOTTI MONICA Y RAVOTTI ALDO A. SH '0140402301707200430721' 32 2362 70860 0,2 $ 14.172,00

19 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 27035631882 NORA VIRGINIA ZONI '0140402301707200378449' 34 442 13260 0,2 $ 2.652,00

20 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 27026399624 JOSEFINA ORTIZ BASUALDO '0170999940000012152649' 35 1058 31740 0,2 $ 6.348,00

21 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 20106136018 CANEPA GUILLERMO FEDERICO '0140347101640100029388' 36 389 11670 0,2 $ 2.334,00

22 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30666258416 ESTABLECIMIENTO SANTA EMILIA SH DE SPINELLI '0140347101640101055524' 37 382 11460 0,2 $ 2.292,00

23 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30636633239 SAN IGNACIO DE BADIOLA AGUSTIN Y MARIA T '0140347101640100027306' 38 3000 90000 0,2 $ 18.000,00

24 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS SA '0110374620037400011008' 61 3000 90000 0,2 $ 18.000,00

25 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS SA '0110374620037400011008' 62 1374 41219 0,2 $ 8.243,75

26 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS SA '0110374620037400011008' 63 5337 90000 0,2 $ 18.000,00

27 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS S.A. 30700591405 AGROPECUARIA LAS GARZAS SA '0110374620037400011008' 64 3439 90000 0,2 $ 18.000,00

28 30613743045 AGUSTIN Y JORGE SANCHEZ SH 30613743045 AGUSTIN Y JORGE SANCHEZ SH '0140311201665401438198' 1 4893 90000 0,2 $ 18.000,00

29 20082872141 ALBERTO MARCELO FONTANA 20125379134 GASSMANN, HUMBERTO '2850363730000060555660' 2 583...

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