Resolución 811/2009

Fecha de disposición28 Octubre 2009
Fecha de publicación28 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31768

Registros Nº 712/2009 y Nº 713/2009

Bs. As. 2/7/09

VISTO el Expediente Nº 1.166.500/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3/4 del Expediente Nº 1.310.916/09, agregado como foja 152 del principal Expediente Nº 1.166.500/06 obran dos Acuerdos celebrados entre el SINDICATO QUIMICO PAPELERO DE CAPITAN BERMUDEZ (SANTA FE) y la empresa CELULOSA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el primer acuerdo se pacta, en lo esencial, el pago a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 823/06 'E', del que son suscritores, de una suma mensual no remunerativa de TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($ 330) a partir del mes de julio de 2008 y hasta diciembre del mismo año, con opción de las partes a prorrogarla hasta el 31 de marzo de 2009.

Que por el segundo acuerdo se establece la actualización de los salarios que rigen por el mencionado Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 823/06 'E', en un monto equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2008, que se efectivizará en la forma escalonada que se ha estipulado, a partir del 1º de abril de 2008.

Que respecto de las normativas acordadas, es dable indicar, que tanto el ámbito personal como territorial de aplicación de las mismas, quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia de la representatividad de los agentes negociales firmantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos los mentados acuerdos y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que, por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO QUIMICO PAPELERO DE CAPITAN BERMUDEZ (SANTA FE) y la empresa CELULOSA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA glosados a foja 2 del Expediente Nº 1.310.916/09, agregado como foja 152 del principal Expediente Nº 1.166.500/06.

ARTICULO 2º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO QUIMICO PAPELERO DE CAPITAN BERMUDEZ (SANTA FE) y la empresa CELULOSA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA glosados a fojas 3/4, respectivamente, del Expediente Nº 1.310.916/09, agregado como foja 152 del principal Expediente Nº 1.166.500/06.

ARTICULO 3º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los presentes acuerdos, obrantes a fojas a fojas 2 y 3/4, respectivamente, del Expediente Nº 1.310.916/09, agregado como foja 152 del principal Expediente Nº 1.166.500/06.

ARTICULO 4º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.166.500/06

Buenos Aires, 8 de julio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR