Resolución 584/2009

Fecha de publicación23 Octubre 2009
Fecha de disposición23 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31765

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de febrero de 2008, entre las empresas: Edenor - Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A., y Edesur Empresa Distribuidora Sur S.A., por una parte; y por la otra la Asociación del Personal Superior de Empresas de Energía Eléctrica, representados por los abajo firmantes, respecto del personal comprendido en las Convenciones Colectivas suscriptas con dicha Entidad gremial se CONVIENE:

PRIMERO: Disponer el pago al personal de una gratificación especial no remunerativa y por única vez consistente en la suma de DOS MIL CIEN PESOS ($ 2.100,-) SEGUNDO: Dicha suma se pagará en la fecha de pago de los haberes de febrero de 2008.

TERCERO: El presente acuerdo pone fin a las negociaciones que las partes han mantenido, manifestando las mismas su compromiso inalterable de sostenimiento de la 'paz social' y destacando que el proceso de negociación resulta el medio idóneo para resolver los diferendos que pudieran existir.

CUARTO: Las partes se comprometen a retomar las negociaciones en el curso del mes de marzo de 2008 a fin de analizar y convenir los salarios del personal del encuadre.

QUINTO: Cualquiera de las partes podrá presentar el presente acuerdo para su homologación por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

En prueba de conformidad se suscriben cuatro ejemplares de igual tenor en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 584/2009

Registro Nº 467/2009

Bs. As., 19/5/2009

VISTO el Expediente Nº 256.103/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO por la parte gremial y la CAMARA DE LA INDUSTRIA PESQUERA ARGENTINA (C.I.P.A.) por la parte empleadora, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 161/75 y Nº 506/07 de Pequeña empresa, de conformidad con lo regulado por las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la CAMARA DE LA INDUSTRIA PESQUERA ARGENTINA, es parte signataria del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 161/75 y del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 506/07, junto al SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO.

Que en el Acuerdo que por la presente se homologa, las partes pactan que el personal incluido en las ramas fileteros y envasadoras del CCT Nº 161/75 y del CCT Nº 506/07 reciba con la liquidación correspondiente a la última quincena del mes de febrero de 2009, una bonificación especial, por única...

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