Resolución 419/2009

Fecha de la disposición16 de Octubre de 2009

ANEXO I Expediente Nº 15.600/95

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES c/ FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES CCT 495/07

Acuerdo 253/08

01/02/2008

01/04/02008

01/06/2008 $ 1.131,94 $ 1.166,34 $ 1.197,22 $ 3.395,82 $ 3.499,02 $ 3.591,66

TOPE ZONA PATAGONICA - 01/02/2008

01/04/02008

01/06/2008 $ 1.367,77 $ 1.409,33 $ 1.446,65 $ 4.103,31 $ 4.227,99 $ 4.339,95

TOPE ZONA TIERRA DEL FUEGO E ISLAS DEL ATLANTICO SUR01/02/2008

01/04/02008

01/06/2008 $ 1.650,75 $ 1.700,92 $ 1745,95 $ 4.952,25 $ 5.102,76 $ 5.237,85

ANEXO II Expediente Nº 15.600/95

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES c/ FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES CCT 544/08

01/07/2008

01/10/02008

01/01/2009 $ 1.308,57 $ 1.386,32 $ 1.480,85 $ 3.925,71 $ 4.158,96 $ 4.442,55

TOPE ZONA PATAGONICA - 01/07/2008

01/10/02008

01/01/2009 $ 1.557,96 $ 1.635,70 $ 1.730,23 $ 4.673,88 $ 4.907,10 $ 5.190,69

TOPE ZONA TIERRA DEL FUEGO E ISLAS DEL ATLANTICO SUR 01/07/2008

01/10/02008

01/01/2009 $ 1.857,22 $ 1.934,07 $ 2.029,49 $ 5.571,66 $ 5.804,91 $ 6.088,47

Expediente Nº 15.600/95

Buenos Aires, 6 de abril de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 404/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 125/09

T. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 418/2009

Tope Nº 129/2009

Bs. As., 3/4/2009

VISTO el Expediente Nº 1.290.147/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 225 de fecha 20 de febrero de 2009 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.290.147/38, obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y TRANSLYF LA TRANSPORTADORA DE LUZ Y FUERZA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº 225/09 y registrado bajo el Nº 169/09 conforme surge de fojas 40/42 y 45, respectivamente.

Que a fojas 51/53, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remiten en orden a la brevedad.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 225 de fecha 20 de febrero de 2009 y registrado bajo el Nº 169/09 suscripto entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte sindical, y TRANSLYF LA TRANSPORTADORA DE LUZ Y FUERZA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación electiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope...

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