Resolución 61/2011

Fecha de la disposición31 de Marzo de 2011

Jueves 31 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.120 11 como originarios de un paÃs miembro de la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC).

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por los Decretos Nros.

1366 de fecha 1 de octubre de 2009, 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — DetermÃnase que productos clasificados en las posiciones arancelarias N.C.M.

6006.31.00 y 6006.32.00, exportados por la firma ADAR INDUSTRIA, COMERCIO IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO LTDA. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL no cumplen con las condiciones para ser considerados originarios en los términos de lo dispuesto por el Régimen de Origen MERCOSUR.

Art. 2

'º — La Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS suspenderá el tratamiento arancelario de intrazona a los productos indicados en el artÃculo anterior exportados por la firma ADAR INDUSTRIA, COMERCIO IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO LTDA. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Art. 3

'º — NotifÃquese a la Dirección General de Aduanas que corresponde dar tratamiento arancelario de extrazona a los despachos de importación oficializados en el transcurso de la investigación, esto es entre el dÃa 24 de septiembre de 2010 y la entrada en vigencia de la presente resolución, correspondiente a las mercaderÃas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6006.31.00 y 6006.32.00, en las que conste como exportador la firma ADAR INDUSTRIA, COMERCIO IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO LTDA. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, en razón de lo cual deberá formular los cargos correspondientes.

Art. 4

'º — NotifÃquese a la Dirección General de Aduanas para que proceda a dar tratamiento arancelario de extrazona a los productos clasificados en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6006.31.00 y 6006.32.00, exportados a nuestro paÃs por la firma ADAR INDUSTRIA, COMERCIO IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO LTDA. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL e importados por la firma SHBAT S.A. de la REPUBLICA ARGENTINA, documentado mediante los Despachos de Importación Nros. 10 001 IC04 027377 Y de fecha 16 de febrero de 2010, 10 001 IC04 007848 P de fecha 13 de enero de 2010 y 10 001 IC04 025126 E, 10.

001 IC04 025105 B y 10 001 IC04 025117 E de fecha 11 de febrero de 2010, para lo cual formulará los cargos correspondientes.

Art. 5

'º — La presente resolución comenzará a regir a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial.

Art. 6

'º — NotifÃquese a la interesada.

Art. 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Eduardo D. Bianchi.

SecretarÃa de Industria y Comercio INDUSTRIA Resolución 61/2011

Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “LÃneas de Producción Usadas”. Inclusión de un proyecto.

Bs. As., 28/3/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0408070/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que la firma Y.P.F. S.A. ha solicitado acogerse al Régimen de Importación de “LÃneas de Producción Usadas” conforme a la Resolución N'º' 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución N'º' 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta N'º' 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y N'º' 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución N'º' 83 de fecha 27 de junio de 2003, la Resolución N'º' 353 de fecha 21 de mayo de 2004 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta N'º' 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y N'º' 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y el Decreto N'º' 2259 de fecha 28 de diciembre de 2009 para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una lÃnea de producción completa y autónoma.

Que los bienes mencionados en el Anexo que con DOS (2) hojas forma parte integrante de la presente resolución, están afectados directamente a la ampliación de una planta ubicada en la Localidad de Luján de Cuyo, Provincia de MENDOZA, destinada a la desulfuración de gasoil.

Que la firma Y.P.F. S.A. ha presentado un certificado internacional de calidad, según las Normas ISO 9001:2008, expedido por BVQI - BUREAU VERITAS - ARGENTINA S.A.

Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - RECTORADO ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que del análisis efectuado surge, que la lÃnea de producción a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución N'º' 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución N'º' 8/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta N'º' 157/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y N'º' 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por la Resolución N'º' 83/03, la Resolución N'º' 353/04 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta N'º' 40/08 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y...

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