Resolución 100/2011

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2011

Miércoles 2 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.103 13 componente éste fundamental para otorgar continuidad al proceso de crecimiento de la actividad económica, asà como para preservar el equilibrio macroeconómico ya alcanzado.

Que en la actualidad se advierte que no se encuentran configuradas las condiciones de mercado vigentes a la fecha del dictado de la Resolución S.C.I. N'º' 14/2011, razón por la cual, corresponde derogar la misma.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependiente de la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso c) del ArtÃculo 2'º de la Ley N'º' 20.680 y concordantes.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Derógase la Resolución S.C.I.

N'º' 14 de fecha 1 de febrero de 2011.

Art. 2

'º — La presente medida comenzará a regir a partir del dÃa siguiente de su publicación en el BoletÃn Oficial.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Mario G. Moreno.

% 13 % % 13 % DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 17/2011

Aduanas Especializadas. R.G. N'º1924, modificada por Resolución N'º 03/10 (DGA).

Otorga ampliación en los términos del Art.

5'° R.G. N'° 1924.

Bs. As., 23/2/2011

VISTO las ACTUACIONES SIGEA N'º' 127201096-2010 y 12720-1677-2010 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el VISTO, realizadas por el INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE TUCUMAN, la CAMARA DE COMERCIO EXTERIOR DE TUCUMAN y el CONSORCIO ZONA FRANCA TUCUMAN S.A. y demás operadores a través de Ing. Agr. JUAN LUIS FERNANDEZ, ANA MARIA MARCHESI y C.P.N. LUIS RODOLFO CEBE, en su carácter de director ejecutivo y presidentes de los mencionados organismos, solicitan la ampliación de la División Aduana de Tucumán, en el régimen de Aduanas Especializadas establecidas por Resolución General N'º' 1924, Anexo “I” sustituido por la Resolución N'º' 3/10 (DGA).

Que al establecerse el procedimiento de despachos por Aduanas Especializadas no se tuvo en cuenta el importante tráfico de mercaderÃas en lo que respecta a la provincia de Tucumán, por lo cual la misma se vio enormemente afectada, debiendo por ello, solicitarse inmediatamente medidas correctivas.

Que se debe resaltar que la provincia de Tucumán es el mayor polo industrial y comercial del Norte Argentino, con más de UN MIL TRESCIENTAS (1.300) unidades industriales operativas de todo tipo de funcionamiento, además de poseer el centro comercial y distribuidor más importante de la región, tanto en Aduanera en los términos de la Instrucción General Conjunta N'º' 1/2006 (SDG OAI) y N'º' 1/2006 (SDG TLA).

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades establecidas en el ArtÃculo 5'º de la Resolución General N'º' 1924.

Por ello;

LA DIRECTORA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR