Resolución N 108/GCABA/PG/10

FirmantesMonner Sans
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición14 de Abril de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD

RESOLUCIÓN N 108/GCABA/PG/10SE ARCHIVA SUMARIO ADMINISTRATIVO

Buenos Aires, 14 de abril de 2010

RESOLUCIÓN N° 108 - PG/10

Buenos Aires, 14 de abril de 2010.

VISTO: el Expediente N° 24.373/2004, por el que se instruyó el Sumario N° 216/2004 y

CONSIDERANDO:

Que esta Procuración General por Resolución N° 114-PG-2004 (fs. 84/85) dispuso la instrucción del presente sumario a fin de investigar las presuntas anomalías detectadas en el Centro de Salud Mental y Acción Comunitaria N° 1, dependiente del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, referidas en la Resolución N° 1743/03, recaída en las Actuaciones N° 734/02 y 1675/02 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.

Que mediante la citada Resolución N° 1743, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires recomienda la instrucción de un sumario administrativo, a fin de deslindar responsabilidades disciplinarias vinculadas a: a) captación de fondos mediante supuestas contribuciones y manejo irregular de los mismos, sin sistema contable; b) actuación de profesionales ajenos a la planta del personal y sin designación; c) anómala organización y administración de la Cooperadora; d) contrataciones no autorizadas e indiscriminada utilización de fondos, sin autorización ni constancias contables; e) derivaciones de pacientes a consultorios privados; f) deficiencias en las historias clínicas.

Que en los considerandos del acto administrativo constan los antecedentes del caso, de los cuales surge que, con motivo de una denuncia por falta de pago de haberes, formalizada por tres personas ante el Órgano de Control Constitucional, personal de su Área de Asuntos Jurídicos y Defensa del Consumidor, concurrió en varias oportunidades al Centro de Salud Mental y Acción Comunitaria N° 1, determinando la existencia de diversas anomalías de orden edilicio, profesional, administrativo, contable, organizativo y de manejo de fondos.

Que por su parte, la Unidad de Auditoria de la Secretaría de Salud practicó verificaciones en el mismo Centro, las que detectaron similares irregularidades, entre ellas: el manejo discrecional de fondos aportados por pacientes y asistentes a título de supuestas contribuciones voluntarias, respecto de los cuales no se lleva ningún sistema de contabilidad mínimamente aceptable y cuyo destino es incierto; la concurrencia al Centro de gran número de profesionales ajenos a la planta del personal y sin designación oficial alguna; deficiencias en la organización de la Cooperadora, contrataciones no autorizadas con empresas privadas para la instalación de máquinas expendedoras de bebidas, y la indiscriminada utilización y disposición de fondos por parte de profesionales no habilitados para ello.

Que abierta la etapa instructoria, se recibió declaración testimonial a la Asesora Letrada del Hospital Pirovano Catalina Galati (fs. 92/93), quien manifestó que tomó conocimiento de las irregularidades denunciadas a través de notas presentadas por la médica a cargo del Centro de Salud Raquel Schejter y por distintos profesionales que prestan servicios allí y ex miembros de la Cooperadora.

Que dijo que por dichas irregularidades se habían iniciado los Expedientes N° 27.558/00 y 80.406/00, los que fueron oportunamente elevados a la entonces Secretaría de Salud, y que tratan entre otras cosas- sobre la designación de la Dra. Schejter, las irregularidades sobre el personal que trabaja en el Centro y les paga la Cooperadora.

Que aclaró que, en las citadas actuaciones, nunca se resolvió las irregularidades que da cuenta la Resolución de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, y que desconoce si dichas anomalías dieron origen a alguna investigación sumarial.

Que sostuvo que desconoce la existencia de captación de fondos mediante supuestas contribuciones, y lo que si existe es una alcancía instalada en el Hospital, en la que colaboran los pacientes y sus familiares, y que, ante la presentación de la Defensoría del Pueblo, la Jefa ordenó sacarla pero se opusieron los pacientes.

Que dijo que la actual Asociación Cooperadora no está legalmente constituida y sus integrantes trabajan en el Centro de Salud, pero no...

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