Resolución N 171/GCABA/MDUGC/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano |
Fecha de la disposición | 12 de Abril de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
RESOLUCIÓN N 171/GCABA/MDUGC/10SE DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA N° 38387 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO
Buenos Aires, 12 de abril de 2010
RESOLUCIÓN N° 171 - MDUGC/10
Buenos Aires, 12 de abril de 2010.
VISTO: la Ordenanza N° 41.815, el Decreto N° 2.075/GCBA/07, el Decreto N° 1.015/GCBA/09, y el Expediente N° 48497/09 e incorporado Registro N° 1164654/DGTRANSP/09, y
CONSIDERANDO:
Que según información suministrada por la empresa concesionaria SACTA S.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la licencia N° 38.387 expedida a favor del señor Claudio Enrique García, titular del DNI N° 17.360.280, con vehículo afectado dominio DAE 993, para la prestación del servicio de taxímetro, se encuentra vencida desde el 23 de diciembre de 2004 por falta de renovación;
Que en tal sentido, se intimó al señor Claudio Enrique García, por treinta (30) días hábiles administrativos a los fines de que regularice la situación de la licencia, bajo apercibimiento de disponer la baja de la habilitación, conforme lo establecido en el artículo 44 de la Ordenanza N° 41.815;
Que asimismo, se procedió a publicar la intimación efectuada bajo los términos del artículo 44 de la mencionada Ordenanza, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Ordenanza N° 41.815, que regula el funcionamiento y control del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, en su artículo 6° dispone que "…La vigencia de la licencia de Taxi, para cada vehículo afectado al Servicio, será de un (1) año...";
Que asimismo, el artículo 44 de dicho cuerpo normativo establece que: "De los plazos vencidos: En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar al titular en el domicilio denunciado por el mismo, con notificación fehaciente de que tendrá un plazo de treinta (30) días para regularizar la situación caso contrario se procederá a la baja de la habilitación…";
Que tal como lo prescribe el artículo 6°, la vigencia de la licencia de taxi resulta ser de un (1) año, debiendo procederse...
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