Resolución Nº 3.534 de 18 de Noviembre de 2009

La Plata, 18 de noviembre de 2009.

VISTO el Expediente Nº 5802-4038813/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, Artículo 28 determina que "el nivel de Educación Secundaria es obligatorio, de seis años de duración y constituye una unidad pedagógica y organizativa";

Que en consonancia con lo expresado la Provincia de Buenos Aires suscribió la Resolución Nº 18/07 del Consejo Federal de Educación "Acuerdos Generales sobre Educación Obligatoria", la que en su Anexo 1 Inc. E establece que "... los establecimientos educativos estatales y privados se ajustarán a la nueva estructura académica del sistema educativo argentino";

Que las Escuelas de Educación Secundaria propuestas brindan la posibilidad a los estudiantes del nivel de cursar una trayectoria escolar secundaria completa, adecuada a las necesidades de la comunidad en su conjunto;

Que el sistema Educativo Bonaerense cuenta con diferentes organizaciones escolares para el nivel secundario que brindan formación general, orientaciones y especialidades;

Que en el caso que nos ocupa, las escuelas dependientes de la Dirección Gestión Institucional de la Provincial de Educación Secundaria que dan origen a las nuevas conformaciones, están compuestas por Escuelas Secundarias Básicas y Escuelas Medias- Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales, Anexos y Extensiones del Nivel;

Que la conformación de las Escuelas de Educación Secundaria de la Provincia se realizará a partir de establecimientos preexistentes, razón por la cual deberán adecuarse las Plantas Orgánico Funcionales de los mismos a la nueva estructura plasmada en la norma vigente;

Que el marco normativo de aplicación gradual y progresiva para la organización de las Plantas Orgánico Funcionales de las escuelas mencionadas ha sido aprobado por las Resoluciones Nº 333/08 y 1004/09, ambas en sus partes pertinentes;

Que las conformaciones de las Escuelas de Educación Secundaria de seis años, deberán ser convalidadas por los actos administrativos pertinentes;

Que la implementación de las unidades de gestión curricular y organizativa conlleva un período de transición imprescindible para asegurar un pasaje armónico y respetuoso de las condiciones previas de cada comunidad educativa;

Que la Dirección Provincial de Educación Secundaria finalizará en el presente ciclo lectivo las acciones previstas en la primera etapa de implementación, momento en que deberá evaluar los alcances de la instrumentación para fijar criterios en el ámbito de la Mesa de Cogestión para continuar con la segunda etapa de conformación en el año 2010;

Que en este sentido, la organización escolar demandará un proceso complejo y gradual que promueva acuerdos institucionales que consoliden las conformaciones de las nuevas escuelas de Educación Secundaria;

Que en este marco, el equipo directivo resulta de vital importancia en las acciones propias de implementación y afianzamiento de la nueva estructura de los servicios educativos conformados;

Que para promover la estabilidad del personal aludido precedentemente, las direcciones competentes, darán cumplimiento a la Resolución Nº 3169/09, que encomienda llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cargos de director y vicedirector del nivel secundario;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR