Resolución Nº 691

VISTO el Decreto Nº 1.518/09 y el expediente Nº 2436-15117/09, y CONSIDERANDO:

Que el Dique Paso de las Piedras constituye la principal fuente de abastecimiento de agua para el servicio público en los partidos de Bahía Blanca y Coronel de Marina Leonardo Rosales;

Que ante la sequía reinante producto de la escasez de precipitaciones el Dique Paso de las Piedras se encuentra con la cota más baja de los últimos años;

Que como consecuencia de ello, mediante el citado Decreto Nº 1.518/09 se ha declarado el estado de emergencia de carácter hídrico, en el marco de la Ley Nº 11.340 y por el término de un (1) año;

Que ello implica la necesidad de realizar obras imperiosas e implementar las acciones que permitan garantizar el suministro de agua en los partidos de Bahía Blanca y Coronel de Marina Leonardo Rosales y al Polo Industrial Ingeniero White y zonas aledañas ante la insuficiencia de precipitaciones;

Que mediante el Código del Agua de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por la Ley 12.257 se ha encomendado al Poder Ejecutivo la formulación de la políticas en materia de agua considerándola como recurso hídrico, atendiendo a su protección y cuidado, estableciendo preferencias y/o limitaciones en el uso a efectos de evitar su derroche;

Que para cumplir con esas misiones se ha creado la Autoridad del Agua, como ente autárquico dependiente de este Ministerio de Infraestructura;

Que asimismo este Ministerio de Infraestructura ha sido designando Autoridad Regulatoria en materia del servicio público de agua potable en la Provincia de Buenos Aires, por el Marco Regulatorio aprobado por el Decreto 878/03, su modificatorio Decreto Nº 2.231/03, ambos convalidados por la Ley 13.154;

Que en consecuencia y a efectos de encarar las acciones que demande la instrumentación de la emergencia hídrica en los Partidos de Bahía Blanca y Coronel de Marina Leonardo Rosales y zonas aledañas, corresponde en esta instancia constituir un Comité de Emergencia.

Que este Comité tendrá a su cargo la coordinación de las acciones y obras a encarar a efectos de asegurar el suministro de agua potable en los partidos mencionados

Que asimismo corresponde suspender el cumplimiento de las exigencias contractuales impuestas a ABSA en materia de presión del suministro, hasta tanto ceda la emergencia hídrica instaurada por el Decreto Nº 1.518/09;

Que habiendo dictaminado Asesoría General...

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