Resoluci

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N 78/GCABA/MJYSGC/12SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO POR DAÑOS ALEGADOS EN EL INMUEBLE SITO EN TERRERO 1541

Buenos Aires, 06 de febrero de 2012

RESOLUCIÓN N.° 78/MJYSGC/12

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012

VISTO:

El Expediente N° 1.565.251/11 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundación previsto por la Ley N° 1.575, presentada por el Señor Eduardo Pablo Mbarak, DNI. N° 8.626.284 en su carácter de socio gerente de la firma EDLE S.R.L., por los daños alegados en el inmueble sito en la calle Terrero 1541, ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 19 de febrero de 2010;

Que por Resolución N° 5295/SSEMERG/10, se otorgó un subsidio por la suma de pesos cinco mil ($ 5.000.-) IVA incluido;

Que con fecha 15 de febrero de 2011 el administrado interpuso Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio, manifestando su disconformidad con el monto otorgado;

Que por Resolución N° 3408/SSEMERG/11 se desestimo el Recurso incoado, atento que el subsidio reviste carácter paliativo de los daños alegados y no revistiendo carácter indemnizatorio, siendo dicho acto notificado al administrado en fecha 12 de agosto de 2011;

Que con fecha 2 de septiembre de 2011 se notificó al administrado sobre los términos del artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, efectuando el solicitante el día 8 de septiembre de 2011 una presentación, la cual en virtud del principio de informalísmo a favor del administrado se considera como ampliación de los fundamentos del recurso oportunamente articulado;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención emitiendo el Dictamen N° 86705, indicando que el beneficio otorgado no tiene tinte reparador o resarcitorio, sino que el...

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