Resoluci
Firmantes | Lombardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ente de Turismo |
Fecha de la disposición | 7 de Julio de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ENTE DE TURISMO
RESOLUCIÓN N 178/GCABA/ENTUR/11SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 1533-SIGAF/11
Buenos Aires, 07 de julio de 2011
RESOLUCIÓN N.° 178/ENTUR/11
Buenos Aires, 7 de julio de 2011
VISTO:
la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06, su Decreto Reglamentario N° 754/08, su modificatorio N° 232/10, la Resolución N° 12-ENTUR-2010, el Expediente N° 873.740/11 y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado actuado tramita la Licitación Pública N° 1.533-SIGAF-2011, para la adquisición de 210 (DOSCIENTOS DIEZ) metros lineales de vallas de contención antidisturbios con destino al Ente de Turismo de esta Ciudad, autorizada por Resolución N° 157-ENTUR-2011;
Que en la fecha y horario indicados en la Resolución citada, los funcionarios designados al efecto mediante Disposición N° 13DGTALET-2008, han procedido a la apertura de la oferta presentada, conforme da cuenta el Acta de Apertura N° 1.701-SIGAF-2011, en un todo de acuerdo con lo preceptuado por el Articulo 102° ap. 4) del Anexo I del Decreto N° 754/08, verificándose la siguiente oferta: Oferta N° 1: INDUSTRIAS MC S.A. C.U.I.T. N° 33-70984537-9, cuya oferta total asciende a la suma PESOS SETENTA Y SIETE MIL ($ 77.000,00);
Que ha tomado la intervención de su competencia la Comisión de Evaluación de Ofertas designada por Resolución N° 70-ENTUR-2008, su ampliatoria Resolución N° 57-ENTUR-2009 y su modificatoria Resolución N° 60-ENTUR-2010, la que a través del Acta de Evaluación de Ofertas N° 16-UOA-ENTUR-2011 - Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1.512-SIGAF-2011 aconseja, la adjudicación en los términos del Artículo 109° de la Ley 2.095 a favor de la empresa INDUSTRIAS MC S.A. C.U.I.T. N° 33-70984537-9 el RENGLÓN ÚNICO por la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MIL ($ 77.000,00);
Que el oferente seleccionado se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (R.I.U.P.P.), según constancias de vigencia emitida por el sistema habilitado por el Órgano Rector;
Que se ha cumplido con la publicación del acta de evaluación de ofertas, conforme lo previsto en el Artículo N° 108° del Anexo I del Decreto N° 754/08, no recibiéndose impugnación alguna al término del plazo previsto en la reglamentación vigente;
Que se ha confeccionado el Proyecto de Orden de Compra, comprometiéndose el gasto previsto contra las partidas presupuestarias correspondientes al presente...
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