Resoluci
Firmantes | Monner Sans |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Procuración General de la Ciudad |
Fecha de la disposición | 28 de Junio de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD
RESOLUCIÓN N 153/GCABA/PG/11SE ARCHIVA SUMARIO
Buenos Aires, 28 de junio de 2011
RESOLUCIÓN N.° 153/PG/11
Buenos Aires, 28 de junio de 2011
VISTO:
el Expediente N° 69.515/2003, por el que tramitó el Sumario N° 662/03 e incorporados Expediente N° 54.414/2003, por el que tramitó el Sumario N° 749/03, y Expedientes N° 15.355/2004 y N° 35.432/2004, y
CONSIDERANDO:
Que esta Procuración General ordenó la instrucción del presente sumario administrativo mediante Resolución N° 986-PG-03 (en copia fiel a fs. 35/36), a fin de investigar las presuntas anomalías referidas en la Resolución N° 2725/03, recaída en la Actuación N° 9815/02 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, consistentes principalmente en la ilegal contratación y explotación de un servicio de fotocopias en la Escuela Superior de Comercio N° 3 "Hipólito Vieytes", en un importante faltante de dinero y otras irregularidades detectadas durante una auditoría practicada en la Asociación Cooperadora, en la supuesta negativa arbitraria a inscribir a la denunciante y en la presunta vulneración de una cerradura, así como toda otra irregularidad que se manifieste a través de la pesquisa sumarial y las causas penales.
Que a fs. 2/5 obra copia fiel de la mentada Resolución N° 2725/03 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires del 26/05/2003.
Que a fs. 13 obran las observaciones generales del informe producido por el Área Verificaciones Contables, dependiente de la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, en relación a la auditoría contable efectuada sobre la Asociación Cooperadora de la Escuela Superior de Comercio N° 3 "Hipólito Vieytes" del Distrito Escolar 7o, finalizada el 05/072003, de acuerdo a lo señalado por el Director General Guillermo Moranchel mediante nota de fs. 14.
Que a fs. 23/24 y vta. obra fotocopia de la denuncia penal incoada con motivo de los hechos presuntamente delictivos ventilados en los presentes actuados, contra quien resulte ser el autor y/o partícipe del delito tipificado y reprimido por los artículos 172 y 173 (estafa, administración fraudulenta) y/o en su defecto, el delito que resulte de la investigación.
Que a fs. 25 luce fotocopia de la cédula de notificación, de la que se desprende que con motivo de los hechos denunciados en la Justicia, se formó la Causa N° 1-16-3521/03, caratulada "N.N. s/ estafa", tramitada ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 16.
Que abierta la etapa instructoria, a fs. 44 y vta. se le recibió declaración testimonial a Antonio Agustín Casella, empleado administrativo de la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, quien exhibida la constancia de fs. 13, ratificó su contenido y reconoció su firma allí inserta.
Que rememoró que el 05/07/2003 realizó un auditoría en la Escuela Superior de Comercio N° 3 "Hipólito Vieytes" del Distrito Escolar 7o, donde se verificó el período octubre, noviembre y diciembre del año 2001, detectándose documentación presuntamente apócrifa y adulterada en lo que respecta a facturas, arrojando una diferencia de 14.677,72 pesos..
Que en cuanto al procedimiento, explicó que se realizó teniendo como referencias los subsidios asignados, los recibos y las cuotas sociales, lo que configuraba el ingreso contra los gastos realizados por la escuela y luego se solicitó a dicho establecimiento un descargo, a fin de elevarlo junto a toda la documentación a la DIGLEI.
Que por otra parte refirió que también se hacían recomendaciones en cuanto a la Ordenanza N° 35.514. A su vez, comentó que era la Sra. Margarita Pirilli, quien se encontraba a cargo del Área Verificación, y al momento de llevarse a cabo el informe, el declarante se desempeñó...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba