Resolución 125/2011

Fecha de la disposición11 de Mayo de 2011

Miércoles 11 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.147 9

Que la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL cuenta con una certificación de su Sistema de Gestión de Calidad conforme con los Standares ISO 9001:2000 emitido por la empresa Bureau Veritas vigente hasta el dÃa 15 de diciembre de 2011. Asimismo, ha documentado el compromiso de este organismo certificador de celebrar con la empresa un contrato de certificación del Sistema de Gestión de Calidad y Medio Ambiente en su proyecto de “Reconstrucción Tecnológica del Horno 2 de Cocción”.

Que el análisis técnico efectuado en la evaluación del proyecto industrial presentado ha corroborado la correspondencia del listado de bienes a importar con lo establecido especÃficamente en los ArtÃculos 2'º y 3'º de la Resolución N'º' 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y de acuerdo a las facultades que emergen del ArtÃculo 8'º de la mencionada resolución se ha determinado procedente la solicitud de la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL.

Que la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al paÃs bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley N'º' 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley N'º' 24.040 de Compuestos QuÃmicos.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el ArtÃculo 8'º de la Resolución N'º' 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Considérase sujeta al beneficio establecido por la Resolución N'º' 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, consistente en la reconstrucción total y modernización tecnológica del “Horno 2 de cocción de ánodos” de la Planta dedicada a la fabricación de Aluminio Primario, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2

'º — En virtud de lo estipulado en el ArtÃculo 12 de la Resolución N'º' 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se otorga un plazo de DIECIOCHO (18) meses a partir de la fecha de esta resolución para la importación de los bienes detallados en el Anexo de la misma.

Art. 3

'º — El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los lÃmites para importación de repuestos estipulados en el ArtÃculo 10 de la Resolución N'º' 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, dará lugar a la aplicación del ArtÃculo 15 de la citada resolución. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el ArtÃculo 6'º de la mencionada resolución.

Art. 4

'º — La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA informarán, en los términos del ArtÃculo 19 de la Resolución N'º' 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a los efectos de liberar las garantÃas oportunamente constituidas una vez verificado el cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la base de los informes de auditorÃa que se hubieren realizado en los términos del ArtÃculo 14 de la citada resolución, y recibido de la Dirección General de Aduanas la notificación requerida por el ArtÃculo 18 de la mencionada resolución en cuanto al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el Régimen.

Art. 5

'º — A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, notifÃquese a la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL de la presente resolución.

Art. 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Eduardo D. Bianchi.

ANEXO A LA RESOLUCION 146

BIENES INTEGRANTES DE “GRANDES PROYECTOS DE INVERSION” CON DESTINO A LA RECONSTRUCCION TOTAL Y ACTUALIZACION TECNOLOGICA DEL “HORNO 2 DE COCCION DE ANODOS” DE LA PLANTA DEDICADA A LA FABRICACION DE ALUMINIO PRIMARIO:

El monto de los bienes a importar a valor FOB es por un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO DIECISEIS (U$S 20.652.116.-) (sin repuestos).

El monto de los repuestos de acuerdo al ArtÃculo 10 de la Resolución N'º' 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCO CON OCHENTA CENTAVOS (U$S 1.032.605,80.-).

SecretarÃa de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 125/2011

Apruébanse las Condiciones de Acceso al Programa “Capital Semilla”.

Bs. As., 10/5/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0153712/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, lo dispuesto en los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010 y la Resolución N'º' 77 de fecha 15 de octubre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que la Ley N'º' 24.467 fue sancionada con el objeto de promover el crecimiento y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, impulsando para ello polÃticas de alcance general a través de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de los ya existentes.

Que la Ley N'º' 25.300 tiene por objeto el fortalecimiento competitivo de las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas que desarrollen actividades productivas en el paÃs, Miércoles 11 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.147 10 mediante la creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva.

Que mediante el Decreto N'º' 919 de fecha 28 de junio de 2010 se modificó el nombre del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por el de MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante el Decreto N'º' 964 de fecha 1 de julio de 2010, se aprobó la modificación de la composición del MINISTERIO DE INDUSTRIA y se creó la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que por el decreto mencionado ut supra, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÃA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado...

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