RES. GRAL N° 018/20

Fecha03 Marzo 2020
Número de registro30523
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”,

27/02/2020

VISTO:

El Expediente Nº 13301-0305708-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.) y las disposiciones de la Resolución General Nº 11/2020 –API- reglamentaria de la Ley 13976 – Régimen de Regularización Tributaria, y

CONSIDERANDO:

Que con el objeto de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el marco del Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976, resulta oportuno buscar un procedimiento que agilice la solicitud de la reformulación de los planes de facilidades de pagos caducos o no, evitando de esa manera las gestiones personales;

Que en función de lo expresado precedentemente, la Administración Provincial de Impuestos debe dictar las disposiciones necesarias para la tramitación de las liquidaciones de pago, cuyo origen corresponda a los planes de pago previstos en el Artículo 23 de la citada Ley;

Que en tal sentido se propone habilitar un correo electrónico a través del cual los contribuyentes remitirán la solicitud de reformulación de los convenios de pagos caducos o no, y por el mismo medio recibirán el/los número/s de la/s liquidación/es de deuda/s con la que podrán generar un nuevo plan de pago o efectuar el pago de contado;

Que asimismo, en función a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 13976 corresponde, en relación a los convenios vigentes determinar que convenios se podrán reformular en el marco de las disposiciones de dicha ley;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante el Dictamen Nº 59/2020 de fs. 11, no encontrando objeciones técnicas que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Apruébese el Formulario Nº 1162 – Solicitud Reformulación Convenios de Pago – Ley 13976-, mediante el cual los contribuyentes solicitarán la/s liquidación/es de deuda del impuesto incumplido de los planes de pago caducos o no, previsto en el Artículo 23 de la Ley 13976-, que como Anexo IV se incorpora a la Resolución General Nº 11/2020 –API-.

ARTÍCULO 2.- Se habilita el correo electrónico: apireformularconvenio@santafe.gov.ar para aquellos contribuyentes que opten por realizar la solicitud de reformulación de convenios de pago por este medio.

ARTÍCULO 3.- El Formulario Nº 1162 – Solicitud Reformulación Convenios de Pago –Ley 13976 -Interactivo- se encontrará disponible en el Box de Destacados: Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976- Documentos y Normativas. El contribuyente completará el mismo ingresando la totalidad de los datos solicitados en el mismo.

ARTÍCULO 4.- Modificase el Artículo 26 de la Resolución General Nº 11/2020 -API- el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 26.- Apruébanse la utilización de los trámites web “Impuesto Inmobiliario: Visualización, liquidación de deuda y año corriente”, “Patente Única sobre Vehículos: Visualización y/o Liquidación de deuda”, “Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Aportes Sociales: Liquidación de deuda”, “Convenios de Pago: Mi Plan de Pago por Internet”, “Convenio de Pago: Mi Plan de Pago por Internet con Clave Fiscal” y “Convenio de Pago: Visualización del Estado de un convenio, impresión de cuotas y liquidación del saldo por caducidad” disponibles en el sitio web www.santafe.gov.ar/api, del Formulario Nº 1162 Solicitud Reformulación Convenios de Pago – Ley 13976 y del Formulario Nº 1003 denominado “Solicitud Convenio de Pago en Cuotas”, del Volante de Pago correspondiente a las cuotas del plan, de Notas de Allanamiento, Anexos I, II, III, IV y V, que forman parte de la presente resolución.”

ARTÍCULO 5.- Modifícase el punto e) Convenios de Pago: Procedimiento para la cancelación de saldo de planes de pago formalizados con anterioridad a la vigencia de la Ley 13.976, del Anexo I –Procedimiento para la cancelación de obligaciones tributarias, de la Resolución General Nº 11/2020 – API el que quedará redactado de la siguiente manera:

e) Convenios de Pago: Procedimiento para la cancelación de saldo de planes de pagos formalizados con anterioridad a la vigencia de la Ley 13.976.

Convenios de pago caducos.PRIMERO: Los contribuyentes y/o responsables podrán obtener la liquidación del Saldo de Convenios de Pago caduco en los términos del Régimen de Regularización, ingresando en el sitio www.santafe.gov.ar/api - Box de Destacados: Régimen de Regularización Tributaria Ley 13.976 – “Convenio de Pago: Visualización del Estado de un convenio, impresión de cuotas y liquidación del saldo por caducidad”

SEGUNDO: Opción de Pago Contado. La/s liquidación/es generada/s, según lo dispuesto en el punto anterior, solo podrán ser utilizadas para cancelarla/s en las entidades bancarias o servicios habilitados para el pago de tributos de la Provincia de Santa Fe.

TERCERO: Reformulación Plan de Pago Caduco: El contribuyente y/o responsable que pretenda reformular un convenio de pago caduco, en los términos del presente régimen, deberá solicitar la/s liquidación/es de deuda/s correspondiente/s al concepto impositivo que originó el plan de la siguiente manera:

1. Remitiendo el Formulario Nº 1162 a través del correo apireformularconvenio@santafe.gov.ar , siguiendo el procedimiento que describe a continuación.(1)

2. En dependencia de la Administración Provincial de Impuestos mediante la presentación del Formulario Nº 1162

3. En dependencia de las Municipalidades y Comunas, cuando la deuda tenga origen el Impuesto Patente Única sobre Vehículos, mediante la presentación del Formulario Nº 1162

(disponible en el sitio www.santafe.gov.ar/api - Box de Destacados: Régimen de Regularización Tributaria Ley 13.976 Documentos y Normativas),

El Formulario Nº 1162 – Solicitud Reformulación Convenio de Pago Ley 13976 -Interactivo- se encontrará disponible en el Box de Destacados: Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976 - Documentos y Normativas. El contribuyente completará el mismo ingresando la totalidad de los datos solicitados en el mismo

(1)PROCEDIMIENTO:

Los contribuyentes y/o responsables solicitarán las liquidaciones de deuda del impuesto incumplido en un plan de pago caduco con el objeto de formalizar un nuevo convenio en el marco de la Ley 13976. A tal efecto, remitirá vía correo electrónico el Formulario como se contempla en el inciso 1) del punto TERCERO y que deberá completar los siguientes datos con carácter de Declaración Jurada:

DATOS DEL CONTRIBUYENTE.

Completar con el Nombre y Apellido o Razón Social con el que formalizó el Convenio de Pago:

-Apellido y Nombre o Razón Social

-Nº de CUIT/CUIL

-Domicilio Fiscal

-Localidad – Provincia – Código Postal

-Correo electrónico

-Teléfono Móvil

-Teléfono Fijo

DATOS DE CONTACTO:

-Apellido y Nombre o Razón Social

-Correo electrónico

-Teléfono Móvil

-Teléfono Fijo

DATOS DE EL/LOS CONVENIO/S DE PAGOS A REFORMULAR

-Número de Convenio

-Número de Solicitud

-Impuesto del Convenio

DESTINO DE LAS LIQUIDACIONES DE DEUDA (indicar)

-Para pago Contado

-Para formalizar Plan de Pago.

RECEPCIÓN O RETIRO DE LAS LIQUIDACIONES DE DEUDA (indicar)

-Al correo de contacto declarado cuando sea para plan de pago.

-En dependencias de API o Municipio/Comuna. (para plan de pago y contado cuando la reformulación tenga origen en un convenio de pago no caduco)

DATOS DEL REMITENTE DE LA SOLICITUD –persona humana-

-Apellido y Nombre

-Carácter

Los datos insertos en el Formulario Nº 1162 se realizan con carácter de declaración jurada y deberá informarse el nombre/s y apellido/s del remitente de la solicitud y el carácter en que lo realiza.

Confeccionado el Formulario Nº 1162 “Solicitud Reformulación Convenios de Pago –Ley 13976-”, se procederá de la siguiente manera:

1. POR CORREO...

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