REPRODUCE PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE EL DERECHO DE AGREMIARSE DE LOS EMPLEADOS DE LA POLICIA, FUERZAS DE SEGURIDAD Y DEL SERVICIO PENITENCIARIO DE TODO EL TERRITORIO NACIONAL CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY 23.551 - ASOCIACIONES SINDICALES -. (REF. S. 1284/15)

Fecha de presentación11 Mayo 2017
Número de Iniciativa1724/17
ComisiónComisión de trabajo y previsión social,Comisión de justicia y asuntos penales
Autor de la iniciativaOdarda , María Magdalena
EstatusArchivado
“2017 - Año de las Energías Renovables
(S-1724/17)
Buenos Aires, 11 de Mayo de 2017
SRA. PRESIDENTE
DEL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN
GABRIELA MICHETTI
S/D
De mi mayor consideración:
Me dirijo a usted a efecto de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios
pertinentes para la reproducción del expediente S 1284/15 Proyecto
de Ley RECONOCIENDO EL DERECHO DE AGREMIARSE DE LOS
EMPLEADOS DE LA POLICIA, FUERZAS DE SEGURIDAD Y DEL
SERVICIO PENITENCIARIO DE TODO EL TERRITORIO NACIONAL
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY 23.551 -
ASOCIACIONES SINDICALES, de mi autoría.
Sin otro particular, agradecida por su atención, la saludo atentamente
María M. Odarda.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo1°.- Los empleados de la Policía, Fuerzas de Seguridad y del
Servicio Penitenciario de todo el territorio nacional, gozan del derecho
de ejercer la libertad sindical, constituir organizaciones y afiliarse en el
marco de los derechos consagrados por la Constitución Nacional,
tratados internacionales y conforme lo establece la ley 23.551.
La participación de estos trabajadores en organizaciones gremiales no
podrá ser motivo de falta disciplinaria alguna, sanciones, traslados y
hostigamientos o cualquier medida que provoque perjuicios a los
mismos.
“Artículo 2° bis.- Los derechos a ejercer la libertad sindical por parte de
los trabajadores de la Policía, Fuerzas de Seguridad y Servicio
Penitenciario del territorio nacional, se regirán por lo dispuesto en esta
ley.
En ejercicio de este derecho, no podrán:

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