REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY DECLARANDO MONUMENTO NATURAL EN LOS TERMINOS DE LA LEY 22.351, AL OSO HORMIGUERO, (MYRMECOPHAGA TRIDACTYLA). (REF. S. 4145/15)
Fecha de presentación | 08 Marzo 2017 |
Número de Iniciativa | 340/17 |
Comisión | Comisión de ambiente y desarrollo sustentable,Comisión de agricultura, ganadería y pesca |
Autor de la iniciativa | Odarda , María Magdalena |
Estatus | Archivado |
“2017‐AñodelasEnergíasRenovables”
(S-0340/17)
Buenos Aires, 07 de Marzo de 2017
Señora Presidente
Del Honorable Senado de la Nación
Gabriela Michetti
S/D
De mi mayor consideración:
Me dirijo a usted a efecto de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios
pertinentes para la reproducción del expediente S – 4145/15 Proyecto
de Ley DECLARANDO MONUMENTO NATURAL, EN LOS
TERMINOS DE LA LEY 22.351, AL OSO HORMIGUERO,
(MYRMECOPHAGA TRIDACTYLA), de mi autoría.
Sin otro particular, agradecida por su atención, la saludo atentamente.
María M. Odarda.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º.- Declárese monumento natural, en los términos de la Ley
N° 22.351, al oso hormiguero (Myrmecophaga tridactyla).
Artículo 2°: Prohíbese la caza, el comercio interprovincial y la
exportación del oso hormiguero (Myrmecophaga tridactyla).
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
María M. Odarda.
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
La Ley N° 22.351, en su artículo 8°, establece que “Serán
Monumentos Naturales las áreas, cosas, especies vivas de animales o
plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se
les acuerda protección absoluta. Serán inviolables, no pudiendo
realizarse en ellos o respecto a ellos actividad alguna, con excepción
de las inspecciones oficiales e investigaciones científicas permitidas
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