REMATES - MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLÉN. EXPEDIENTE Nº 18925-DCG-2017-60204

Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018

H. MARIA MANUCHA, Martillera Pública, Matricula Nº 1647, Rematará por cuenta y orden de la MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLÉN, conforme lo ordenado en el Decreto Nº 3549-17 del 11/12/2017, Expediente Nº 18925-DCG-2017-60204. Ajustándose a la ley 8706 artículo 143 del Decreto 1000/15. Por lo tanto, se dispone la venta en remate público de los vehículos, maquinarias y chatarra en desuso dados de baja de los Registros de Inventario y Patrimonio el que se llevará a cabo los días 02 y 03 DE OCTUBRE DE 2018 a partir de las NUEVE HORAS, en el ESPACIO CULTURAL JULIO LE PARC SALON SALA TITO FRANCIA, sito en calle Mitre y Godoy Cruz, Guaymallén, Mendoza. El remate se realiza con base y al mejor postor atento a las normativas vigentes de la Ley de Contabilidad de la Provincia de Mendoza mediante las siguientes modalidades y condiciones generales y particulares. El acto de la subasta se realizará de acuerdo al siguiente cronograma: el día 02 de octubre de 2018 Los lotes del N° 1 al N° 36 y el día 03 de octubre de 2018 los lotes del N° 37 al N° 72. PRIMERA: EXHIBICION: Los bienes serán exhibidos con el siguiente cronograma: El día 01 DE OCTUBRE DE 2018 en el horario de 10.00 horas a 17.00 horas en calle Tirasso 4250, Guaymallén, Mendoza, Predio Los Troncos (a 200 metros de Profesor Mathus). SEGUNDA: Los bienes exhibidos serán rematados en el estado que se encuentran, NO admitiéndose reclamos posteriores a la subasta por falta o defectos de los mismos, liberando de toda responsabilidad a la Municipalidad de Guaymallén y Martillera actuante.TERCERA: APROBACION: Los bienes rematados quedan bajo la aprobación de la Municipalidad de Guaymallen, pudiendo darse por cancelada la oferta, en dicho caso se devolverán los valores pagados en concepto de seña y comisión, sin intereses ni actualizaciones algunas. CUARTA: Los adjudicatarios deberán presentar indefectiblemente en el ingreso para poder participar en el acto de remate DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD y se le asignará un número para realizar las ofertas. Además, deberá suministrar claramente domicilio actualizado, domicilio legal y números de teléfonos, e-mail. No se admitirán compras en comisión. QUINTA: Los adjudicatarios deberán abonar en el momento del acto de remate el veinte por ciento (20%) en concepto de seña, el diez por ciento (10%) en concepto de comisión Martillera más IVA de la Comisión y el dos como veinticinco por ciento (2.25%) o el cero como setenta y cinco por ciento (0.75%) (Dependiendo del bien que se subaste) porcentaje correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del Impuesto de Sello, en dinero efectivo en el mismo acto. Para el caso en que el adquirente en subasta abone con cheques personal y los mismos fuesen devueltos por el banco girado por cualquier motivo, la oferta se dejara sin efecto. No obstante el oferente quedara obligado al pago de los importes emitidos considerándose estos como multa por frustración de la subasta, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder y la plena vigencia del artículo 302 del Código Penal “Para aquel que dé en pago o entregue por cualquier concepto a un tercero sin tener la suficiente provisión de fondos y no la abonare en moneda vigente dentro de las 24 horas de habérsele comunicado la falta de pago y además es de aplicación la circular R.F. 9 del Banco Central de la República Argentina”. SALDO DE PAGO: El saldo deberá cancelarse mediante depósito o transferencia bancaria a la cuenta de la Municipalidad de Guaymallén Banco Supervielle –Sucursal Casa Central- Cuenta Corriente Nº 00579702-001, CUIT n° 30-99914707-7, CBU 0270066310005797020018 a la orden de esta, en un plazo no mayor de 72 horas posteriores a la aprobación de la subasta. Las ofertas no canceladas en dicho plazo serán dadas por nulas, perdiendo el adjudicatario los importes entregados, sin más requerimiento que el mero vencimiento del plazo estipulado. El comprador de bienes transferible deberá abonar en dicho acto los gastos correspondientes a las certificaciones de firma ante el Escribano actuario de los formularios para ser presentados ante el R.N.P.A. SEXTA: Los importes que componen los lotes poseen valor final y no se podrá discriminar IVA, por ser el Municipio exento. SEPTIMA: Los Bienes rematados serán entregados en el lugar donde fueron exhibidos previa constatación del pago total del mismo y transferencia de dominio en el caso que correspondiere. Los gastos por traslado serán por cuenta y cargo del comprador, para lo cual deberán...

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