Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 15 de Noviembre de 2018, expediente CIV 017607/2005/CA002

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación 17607/2005 “REMATES JUDICIALES SA c/ O., H. y otro / SIMULACION”

EXPTE. N° 17.607/2005 En la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, para conocer en los recursos de apelación interpuestos en los autos caratulados: “REMATES JUDICIALES SA c/ O., H. y otro / SIMULACION”, respecto de la sentencia de fs. 1056/1062 el tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿SE AJUSTA A DERECHO LA SENTENCIA APELADA?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía realizarse en el siguiente orden: señores jueces de cámara doctores: R.L.R. –H.M. -S.P. A LA CUESTIÓN PROPUESTA, EL DR.

RICARDO LI ROSI DIJO:

  1. La sentencia de fs. 1056/1062 hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el codemandado H.O. y admitió la defensa de prescripción articulada por la emplazada G.L.C., desestimando así la demanda entablada por Remates Judiciales S.A., con costas. -

    Contra dicha resolución se alzan las quejas de la firma demandante, cuyos agravios de fs. 1092/1096, fueron replicados por ambos accionados a fs. 1101/1105 y 1107/1108. -

  2. En vista de los agravios expuestos por la recurrente, encontrándose consentida la excepción de falta de legitimación pasiva admitida en la anterior instancia, corresponde en primer lugar determinar si la acción entablada en autos se encuentra o no prescripta. -

    Fecha de firma: 15/11/2018 Alta en sistema: 14/12/2018 Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA #15022252#215637870#20181122114115437 La prescripción extintiva ha sido conceptuada –en sentido amplio- como el medio por el cual una persona vinculada por una obligación obtiene la propia liberación de la obligación o de la carga, por efecto de la inacción del titular del derecho, que perdura por todo el tiempo y bajo las condiciones determinadas por la ley.-

    Se trata de una institución en virtud de la cual el transcurso del tiempo opera una modificación sustancial de un derecho en razón de la inacción de su titular, quien pierde la facultad de ejercerlo compulsivamente. Su virtualidad consiste en la transformación de la obligación que caduca como obligación civil, pero continua subsistiendo reducida a una mínima consistencia, como obligación natural (conf. L., “Código...

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