REMATES / DURAN MARIA ELVIRA C/ COMPAÑIA PRIVADA DE FINANZAS E INVERSIONES S.A. S/ COBRO EJECUTIVO (OBSERVACIÓN DE INHIBICIÓN- JUZG. ORIG. 9° D. Y LOC.) - EXP 4 de

Fecha de Entrada en Vigor13 de Diciembre de 2017
Número de Boletín29146
Fecha de Publicación12 de Diciembre de 2017
Número de documento211834

Matillero Público: Jorge Antonio Zacaria

POR 3 DIAS - En los autos del rubro que se tramitan por ante este Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la V° Nom., del Centro Judicial Capital, a cargo de la Dra. María Rita Romano. Secretaría a cargo del Dr. Agustin Lopez Isla, del Centro Judicial Capital de la Provincia de Tucumán, sito en calle 24 de Setiembre 677 4to. piso, se ha procedido a dictar en los autos caratulados "DURAN MARIA ELVIRA C/ COMPAÑIA PRIVADA DE FINANZAS E INVERSIONES S.A. S/ COBRO EJECUTIVO (OBSERVACiÓN DE INHIBICIÓN- JUZG. ORIG. 9° D. Y LOC.) - Exp N° 9651/14" el siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 28 de Noviembre de 2017. 1:2: Atento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a remate por intermedio del Martillero designado Jorge Antonio Zacaria (MP 590) el inmueble de propiedad del ejecutado Compañia Privada de Finanzas e Inversiones SA (CUIT 30-62434870-9), ubicado en Villa La Trinidad - Departamento Chicligasta- Padrón Inmobiliario 53504- Matr. Catastral 21271/14 - 31271/14 - Nom. Cat.: Circo 11 - Sección F- Mza/lam 399 - parc.635A- Subparc.OOO -. Según Título mide: 137,50 m. de costado Norte, 131,50 m. en el sur, 732 m en el lado Este y 737 m. en el costado Oeste. Superficie 13 Hectáreas -2999 mts2.- Fíjase el día 21/12/2017 a horas 11:00, para que tenga a lugar el mismo en calle Las Piedras 383 de esta Ciudad, teniéndose como base la suma de $800.000. Se hace constar que del informe del Registro Inmobiliario obrante a fs. 260/265, surgen tres embargos preventivos preferentes. Asimismo se dispone que si fracasare el remate por falta de postores se dispondrá otro media hora mas tarde reduciendo la base en un veinticinco por ciento (25%) (Conf. arto 548 Procesal Conf. Ley 8240). La adjudicación se hará al mejor postor y a dinero de contado, debiendo abonar el comprador en el momento de la subasta la seña del 10% de su importe y el saldo una vez aprobado el remate. La comisión del Martillero (3%), impuesto de sellos DGR (3%), Y el1 ,5% en concepto de impuesto establecido en el arto 6 inc. 1 de la Resolución General nO 3026, y Ley 23905 arto 13, y las cargas fiscales...

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