Remates

Fecha de publicación01 Agosto 2022
Número de Gaceta27419
SecciónSección Comercial
12 BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial Paraná, lunes 1 de agosto de 2022
REMATES
GUALEGUAYCHU
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Matr. Nº 1164 COMPER
Por disposición del Sr. Juez Dr. Fabián Moharan, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 1, Secretaría a cargo
Dra. Delfina María Fernández, en los autos caratulados “Mancini Juan Pablo C/ Rabaschin Cándida Raquel y
Otros s/ Ejecución de Honorarios” Exp. N° 5894-3, decrétase el remate del inmueble rur al ubicado en calle Juan B.
Justo N° 1910 de la ciudad de Gualeguaychú ,identificado como Lote N° 31, Plano N° 27.595, Matrícula Nro.
100.303, superficie 505,92 mts. 2, Partida Inmobiliaria N° 07-107840-7 de propiedad del ejecutado: Ricardo Adolfo
Montiel.
Estado de ocupación: desocupado conforme surge de la constatación efectuada que da cuenta el mandamiento
diligenciado agregado en fecha 16-09-21.
La resolución que lo ordena: “Gualeguay, 16 de Junio de 2022… qu e se realizará a través del Portal de Subastas
Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de Entre Ríos (Reglamento SJE, Acuerdo General N° 29/21 del
28.09.21, Punto 1°), con intervención del Martillera designada en autos, Paloma Wulfsohn, matrícula profesional
N° 1164 COMPER. El acto de subasta tendrá una du ración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el dí a 25 de
agosto de 2022 a la hora 11, momento a partir del cual los u suarios registrados podrán efectuar sus posturas en el
Portal de Subastas, finalizando el día 01 de septiembre de 2022 a la hora 11.
Para participar de la subasta, los interesados (persona s físicas o jurídicas) deberán estar previamente r egistrarse
como Usuarios en el Portal de Subastas https://subasta.jusentreri os.gov.ar, art. 6. Reglamento SJE2.
Condiciones de venta: a) Base: El inmueble saldrá a la venta por la base de pesos un millón cuatrocientos
dieciseis mil seiscientos sesenta y seis ($ 1.416.666), estableciéndose el monto incremental para las primeras
pujas hasta alcanzar la suma de $ 2.000.000, de pesos quinientos mil ($ 500.000); hasta a lcanzar la suma de $
3.000.000, de pesos doscientos mil ($ 200.000) y de allí en adelante hasta finalizar el remate , de pesos cincuenta
mil ($ 50.000). b) Comunicación de la oferta ganador a: Quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en
su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción
como Usuario del sistema. El tribunal agregará al expediente la constancia - como acta provisoria de subasta- del
resultado del remate. c) Pago del precio: El ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez
por ciento (10%) del precio, más la comisión del martillero(4%), y el costo por el uso del sistema (1,5% más IVA) a
través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de
finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 26 de l Reglamento SJE. El saldo del precio de
compra, se deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia
electrónica a la cuenta N° 552932/8, CBU 3860021803000055293289 (art. 24 del Reglamento SJE) o por
cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento
SJE. d) Postor remiso: llamado al 2do o 3er po stor: En caso de declararse postor remiso al pr imer postor (por no
verificarse el pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior, se
dará aviso a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la
compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 2 5 Reglamento
SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desier ta. e)
Perfeccionamiento de la venta: Aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el tribunal,
se procederá a la tradición del bien inmueble, quedando p erfeccionada la venta -art.572 CPCC-. f) Compensación
del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo
se admitirá en caso de autorización judicial previa (art.15 Reglamento SJE). g) Obligaciones del comprador desde
la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, im puestos y tasas fiscales,
desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del
Código Fiscal. h) Impuestos y gastos de tran sferencia: Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación
del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitarla transferencia del bien adquirido, e l comprador deberá

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