Remates

Fecha de publicación16 Diciembre 2021
Número de Gaceta27270
SecciónSección Comercial
14 BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial Paraná, jueves 16 de diciembre de 2021
REMATES
GUALEGUAY
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Matricula Nº 1148
Por disposición de la Sra. Juez Dra. Mónica M. Terraza, a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo,
Secretaría a cargo del Dr. Ramón E. Urteaga, de la ciudad de Gualeguay, Pr ovincia de Entre Ríos, e n los autos
caratulados “Benítez Eugenia Esmeralda c/ Schulz Cristian Iván s/ Ejecución de sentencia”, Expte. N° 1399 /20, se
decretó el remate del inmueble inscripto bajo l a matrícula Nro. 113.793, Partida Inmobiliaria N° 114.674, Plano de
Mensura N° 23.369, superficie 210,51 metros cuadrados, ubicado en calle Villaguay N° 171 de esta ciudad,
propiedad de la demandada.
La parte pertinente del auto que ordena la medida expresa…. “Gualeguay, 30 de noviembre de 2021.
Proveyendo presentación electrónica de fec ha 23-11-21, por formulada aclaración de parte del perito martillero
designado en autos, téngase presente. En consecuencia, atento constancias de aut os, dec rétase el remate del
inmueble inscripto bajo la matrícula N° 113.793, Partida Inmobiliaria Nº 114.674, Plano de Mensura Nº 23.369,
superficie de 210,51 ms2, ubicado en calle Villaguay Nº 171 de esta ciudad, propiedad de la demandada. Dicho
inmueble se encuentra ocupado conforme surge de las co nstataciones cuyo archivo electrónico obra agregado en
fecha 02-07-21, la que se realizará a tr avés del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de
Entre Ríos (Reglamento SJE, Acuerdo General N° 29/21 d el 28.09.21, Punto 1°), con intervención del Martillero
designado en autos, Marcelo Leonardo Pasilio, matrícula profesional N° 1148.
El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el dí a 7 de febrero de 2022 a las
11:00 horas, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de
Subastas, finalizando el día 14 de febrero de 2022 a las 11:00 horas . Para participar de la subasta, los interesados
(personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en e l Portal de Subastas
https://subasta.jusentrerios.gov.ar,art.6. Reglamento SJE. Condiciones de venta: a) Base: El inmueble saldrá a la
venta por la base de pesos cuatrocientos noventa y siete mil trescientos ochenta y ocho con ochenta y dos
centavos ($ 497.388,82), estableciéndose el monto incremental en pesos diez mil ($ 10.000) para las pujas
respectivas. b) Comunicación de la oferta ganadora: Quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en
su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción
como Usuario del sistema.
El tribunal agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. c)
Pago del precio: El ganad or deberá efe ctivizar el pago d e la seña corr espondiente al diez p or ciento (10%) del
precio, más la comisión del martillero (4%), y el costo por el uso del sistema (1,5% más IVA) a través de
cualquiera de las modalidades de pago autor izadas en el Portal, en el plazo de do s (2) días hábiles de finalizado el
remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. El saldo del precio de compra, se
deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la
cuenta N° 900395/8 Moneda: Pesos CBU: 3860021803000090039581, (art. 24 del Reglamento SJE) o por
cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento
SJE. d) Postor remiso: En caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago alguno de
los importes correspondientes en los plazos indicados en el aparta do anterior, se dará aviso a quienes hubieren
ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumpliment e con las
obligaciones para resultar adquirente del bien subasta do (art. 25 Reglamento SJE).
En caso de que ninguno de e llos mantenga su interés en la compra, la su basta se declarará desierta. e)
Perfeccionamiento de la v enta: Aprobado el remat e y verificada la integración del precio de compra por el tribunal,
se procederá a la tradición de l bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art. 572 CPCC-. f) Compensación
del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo
se admitirá en caso de aut orización judicial previa (art. 15 Reglamento SJE). g) Obligacione s del comprador desde
la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales,

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